Segunda Sala Penal ratificó sentencia de más de 20 años para tío que ultrajó a su sobrina

Nota de prensa
El Colegiado valoró adecuadamente los elementos probatorios, confirmando la sentencia que impone pena privativa de libertad y reparación civil.
Segunda Sala Penal ratificó sentencia de más de 20 años para tío que ultrajó a su sobrina

Oficina de Imagen Institucional

22 de octubre de 2025 - 12:50 p. m.


La Segunda Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, integrada por los magistrados Federik Randolp Rivera Berrospi, Marco Antonio Espíritu Matos y Damián Enrique Rosas Torres, ratificó la sentencia de 20 años y 10 meses contra Walter Tenazoa Mozombite como autor del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual con agravantes en grado de consumado, en agravio de la menor de iniciales L.S.S. (14 años), computable desde su detención el 9 de mayo de 2024, con vencimiento el 8 de abril de 2045. Además, se ordenó el pago de S/5000 por reparación civil a favor de la víctima, en ejecución de sentencia.


¿Qué pasó?


El pasado 8 de mayo de 2024, conforme a la acusación fiscal, la menor permaneció en su casa luego de que su progenitora se trasladara desde el sector San Pablo de Tushmo en Yarinacocha hasta su otra vivienda en el AAHH Primavera II Etapa - Callería, con el fin de cuidar y llevar a su otro hijo menor al colegio.


La Fiscalía indica que el 9 de mayo de 2024, a las 05:34 a.m., recibió un mensaje de texto, perteneciente al amigo de su hija, cuyo nombre desconoce, informándole que su hija menor había sido víctima de violación. La denunciante intentó comunicarse con su hija, pero no obtuvo respuesta. Posteriormente, mediante un mensaje de WhatsApp, la menor le contó que su tío la había violado. Inmediatamente, la madre se desplazó hasta el domicilio, donde encontró a su hija, llorando. Al verla, la abrazó, y la menor le relató que mientras dormía en su cama, su tío la abrazó con fuerza, le quitó las prendas de vestir y abusó sexualmente de ella. Cuando la madre confrontó a su hermano por lo ocurrido, él respondió: "las cosas ya están hecho".


Posteriormente, el representante del Ministerio Público aseguró que el personal policial de la comisaría de Yarinacocha, al tener conocimiento del hecho, se trasladó al domicilio ubicado en el centro poblado San Pablo de Tushmo - Yarinacocha, lugar donde detuvieron al acusado y lo condujeron a la comisaría del sector.


Decisión judicial



El Colegiado Superior rechazó los argumentos de la defensa, basado en el informe psicológico que desvincula los problemas conductuales de la menor del abuso sexual y en las pruebas médicas que, aunque no detectaron restos biológicos del acusado, confirmaron la existencia del acto sexual mediante lesiones y la declaración de la menor. Además, el sentenciado reconoció los hechos y pidió disculpas, por lo que la defensa fue considerada infundada.


Para la Sala, el Colegiado de primera instancia valoró correctamente las pruebas que acreditan la materialidad del delito y la responsabilidad penal. Los agravios del recurrente carecen de respaldo lógico o legal suficiente, por lo que no justifican modificar la situación jurídica. En ese sentido, confirmaron la sentencia tras revertir la presunción de inocencia.