Primera Sala Penal de Apelaciones confirma condena de 30 años por delito de explotación infantil
Nota de prensaLa madre de la menor recibió más de 600 soles por facilitar el abuso sexual de su hija, hecho denunciado a tiempo por la madrina, lo que permitió la pronta intervención policial y la rescataron

7 de octubre de 2025 - 6:17 p. m.
La Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora, integrada por los magistrados Robín Helbert Barreda Rojas, Jonatan Basagoitia Cárdenas y Jenner Ower García Durán, confirmó la sentencia de 30 años de pena privativa de libertad impuesta a Delia Flor Castillo Rojas, por la comisión del delito contra la dignidad humana — explotación, en la modalidad de explotación de niños, niñas y adolescentes, en agravio de una menor de 13 años.
La pena se computará desde el 21 de junio de 2022 —fecha de su detención— hasta el 20 de junio de 2052, día en que la sentenciada deberá ser puesta en libertad, salvo que exista otro mandato de detención vigente.
Decisión judicial
La Sala desestimó los argumentos de la defensa técnica, al comprobarse mediante el protocolo de pericia psicológica N° 001710-2022-PS-EP que la sentenciada no presenta alteraciones mentales ni deterioro cognitivo, manteniendo plena conciencia de la realidad. Además, el perito determinó que simuló síntomas para evadir responsabilidad y que posee rasgos de personalidad que la harían proclive a cometer actos como el investigado.
La sentenciada Castillo Rojas alegó haber sido abandonada por su defensa pública y haber recibido una defensa ineficaz. Sin embargo, el Colegiado Superior verificó que contó con varios abogados, tanto de libre elección como de defensa pública, durante todo el proceso, incluyendo las etapas de investigación, juicio oral y apelación. Asimismo, no presentó ningún documento que acredite el supuesto abandono de su defensa, por lo que dicho argumento carece de sustento.
Colegiado comparte el razonamiento del Juzgado Penal Colegiado Transitorio, al considerar fehacientemente acreditada la comisión del delito y la responsabilidad penal de Castillo Rojas, con medios probatorios suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia, motivo por el cual corresponde confirmar la sentencia recurrida.
¿Qué pasó?
Conforme a la tesis fiscal, la madrina de la menor informó a los efectivos policiales sobre un presunto acto de violación sexual en agravio de su ahijada R.E.S.C. (13 años), solicitando una intervención urgente. Durante el juicio oral, los policías Barrera Arias y Bartra Pérez declararon de manera clara y categórica que fue la madrina quien les comunicó que la menor estaba siendo ultrajada en un inmueble ubicado en el distrito de Callería.
Al llegar al lugar, que según la Fiscalía correspondía a una quinta con un pasadizo, los efectivos ingresaron y encontraron una habitación con la puerta rotulada con el nombre "Lobo". En dicha habitación hallaron a la madre de la agraviada, Delia Flor Castillo Rojas, junto a un sujeto identificado como Nadiel Achoy Yaicate, apodado “Lobo”, y a la adolescente R.E.S.C. (13 años), quienes se encontraban en la puerta.
Pese a que era horario escolar, la Fiscalía señala que la menor había sido retirada de su institución educativa por su madre, vistiendo un top y un short pequeños, con el rostro maquillado y los labios pintados. Este hecho resulta relevante, dado que la menor declaró consistentemente ante la Cámara Gesell que su madre la maquillaba, le pintaba los labios de rojo, la vestía con ropa ligera y la llevaba ante sus agresores sexuales.
El representante del Ministerio Público precisó que, aproximadamente a las 9:40 a.m. del 21 de junio de 2023, la acusada trasladó a su hija hacia el inmueble de Nadiel Achoy Yaicate, conocido como "Lobo", a quien previamente se le entregó S/600 para que tenga contacto sexual con la menor dentro de la vivienda.
La pena se computará desde el 21 de junio de 2022 —fecha de su detención— hasta el 20 de junio de 2052, día en que la sentenciada deberá ser puesta en libertad, salvo que exista otro mandato de detención vigente.
Decisión judicial
La Sala desestimó los argumentos de la defensa técnica, al comprobarse mediante el protocolo de pericia psicológica N° 001710-2022-PS-EP que la sentenciada no presenta alteraciones mentales ni deterioro cognitivo, manteniendo plena conciencia de la realidad. Además, el perito determinó que simuló síntomas para evadir responsabilidad y que posee rasgos de personalidad que la harían proclive a cometer actos como el investigado.
La sentenciada Castillo Rojas alegó haber sido abandonada por su defensa pública y haber recibido una defensa ineficaz. Sin embargo, el Colegiado Superior verificó que contó con varios abogados, tanto de libre elección como de defensa pública, durante todo el proceso, incluyendo las etapas de investigación, juicio oral y apelación. Asimismo, no presentó ningún documento que acredite el supuesto abandono de su defensa, por lo que dicho argumento carece de sustento.
Colegiado comparte el razonamiento del Juzgado Penal Colegiado Transitorio, al considerar fehacientemente acreditada la comisión del delito y la responsabilidad penal de Castillo Rojas, con medios probatorios suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia, motivo por el cual corresponde confirmar la sentencia recurrida.
¿Qué pasó?
Conforme a la tesis fiscal, la madrina de la menor informó a los efectivos policiales sobre un presunto acto de violación sexual en agravio de su ahijada R.E.S.C. (13 años), solicitando una intervención urgente. Durante el juicio oral, los policías Barrera Arias y Bartra Pérez declararon de manera clara y categórica que fue la madrina quien les comunicó que la menor estaba siendo ultrajada en un inmueble ubicado en el distrito de Callería.
Al llegar al lugar, que según la Fiscalía correspondía a una quinta con un pasadizo, los efectivos ingresaron y encontraron una habitación con la puerta rotulada con el nombre "Lobo". En dicha habitación hallaron a la madre de la agraviada, Delia Flor Castillo Rojas, junto a un sujeto identificado como Nadiel Achoy Yaicate, apodado “Lobo”, y a la adolescente R.E.S.C. (13 años), quienes se encontraban en la puerta.
Pese a que era horario escolar, la Fiscalía señala que la menor había sido retirada de su institución educativa por su madre, vistiendo un top y un short pequeños, con el rostro maquillado y los labios pintados. Este hecho resulta relevante, dado que la menor declaró consistentemente ante la Cámara Gesell que su madre la maquillaba, le pintaba los labios de rojo, la vestía con ropa ligera y la llevaba ante sus agresores sexuales.
El representante del Ministerio Público precisó que, aproximadamente a las 9:40 a.m. del 21 de junio de 2023, la acusada trasladó a su hija hacia el inmueble de Nadiel Achoy Yaicate, conocido como "Lobo", a quien previamente se le entregó S/600 para que tenga contacto sexual con la menor dentro de la vivienda.