Ratifican sentencia a exdirectora de la Institución Educativa Codo del Pozuzo por el delito de peculado

Nota de prensa
Ratifican sentencia a exdirectora de la Institución Educativa Codo del Pozuzo por el delito de peculado

Oficina de Imagen Institucional

16 de setiembre de 2025 - 4:38 p. m.


La Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora confirmó la sentencia que declaró responsable a Dina Gilma Caqui Acero como autora del delito contra la administración pública en la modalidad de peculado, en agravio del Estado, imponiéndose la pena de cuatro años de prisión suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, sujeta al estricto cumplimiento de las reglas de conducta establecidas por el órgano jurisdiccional.

Se estableció que la sentenciada no cometa nuevos delitos, cumpla con el control mensual ante el registro de sentenciados y pague como reparación civil la suma de S/3000, bajo apercibimiento de revocarse la pena suspendida y hacerse efectiva la prisión de cuatro años.

El Colegiado Superior advirtió que entre la emisión de la sentencia apelada (29 de mayo de 2023) y la elevación del expediente a la Sala (11 de junio de 2025) transcurrieron más de dos años, por lo que dispuso remitir copias certificadas a la ODANC Ucayali a fin de que determine las responsabilidades funcionales correspondientes.

La Sala señaló que la pena suspendida impuesta a Dina Gilma Caqui Acero por el delito de peculado, así como el plazo de inhabilitación, resultan razonables y proporcionales conforme a los criterios legales aplicables.

¿Qué pasó?

El representante del Ministerio Público sostuvo que, en abril de 2011, la procesada Dina Gilma Caqui Acero se desempeñaba como directora de la Institución Educativa Codo de Pozuzo, circunstancia acreditada con sus planillas de remuneración, lo que desvirtúa su alegato de desconocimiento respecto a la entrega de dinero. Asimismo, se estableció que rindió cuentas por S/ 2331, quedando un saldo pendiente de S/ 1166.60, considerado como monto apropiado indebidamente.

Conforme la acusación fiscal, la documentación remitida por la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Huánuco corroboró que la procesada retiró los fondos asignados al mantenimiento de la institución a su cargo, justificando solo parte de ellos y omitiendo la rendición del saldo señalado, que hasta la fecha no ha sido acreditado. En consecuencia, se concluye que la acusada se apropió indebidamente de caudales del Estado, en perjuicio de este.