Primera Sala Penal confirmó cadena perpetua a sujeto por violación a una menor de 11 años

Nota de prensa
Gago Torres fue declarado culpable por abuso sexual contra una menor y enviado a prisión perpetua para cumplir condena en Pucallpa.
Primera Sala Penal confirmó cadena perpetua a sujeto por violación a una menor de 11 años

Oficina de comunicaciones

18 de julio de 2025 - 4:35 p. m.


La Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, integrada por los magistrados Robín Barreda Rojas, Marco Santa Cruz Urbina y Jonatan Basagoitia Cárdenas, confirmó la condena de cadena perpetua contra Carlos Gago Torres, sentenciado por el delito de violación sexual en agravio de una menor de 11 años.


Tras emitir la sentencia, la Sala ordenó que se cursen los oficios correspondientes para la inmediata captura e internamiento de Gago Torres en el Establecimiento Penitenciario de Pucallpa.



¿Qué pasó?


Según el Ministerio Público, los hechos ocurrieron en la noche del 2 de diciembre de 2018, cuando el sentenciado solicitó al padre de la agraviada permiso para dormir en su casa, petición que fue aceptada debido a que Carlos Gago Torres era conocido de la familia.



Según la tesis fiscal, el acusado se acomodó en la cama del hermano de la agraviada, situada al lado izquierdo de la cama de la menor. Mientras ella dormía, aprovechó para ingresar a su cama, la despertó, la sujetó con fuerza y le bajó el short, comenzando a tocarle el cuerpo con sus manos. Posteriormente, se quitó su short color azul y tocó la vagina de la menor, para luego introducir su pene en ella durante varios minutos. Al comenzar a llorar, la hermana de la víctima se despertó, escuchó el llanto y confrontó a Gago Torres preguntándole: “¿Por qué estás abusando de mi hermana?”. Ante esto, el acusado huyó del lugar.



La acusación fiscal señala que, tras la denuncia presentada, la menor fue evaluada por el médico del Centro de Salud de Atalaya, quien informó que presentaba desfloración himeneal antigua en la vagina, sin necesidad de atención facultativa ni incapacidad médico-legal. Asimismo, la psicóloga de la División Médico Legal de Atalaya concluyó que la menor muestra indicadores psicológicos de alteración en el desarrollo afectivo y emocional, compatibles con experiencias negativas de tipo sexual.


Decisión judicial


El Colegiado señaló que el relato incriminatorio de la menor agraviada presenta uniformidad y coherencia, siendo persistente a lo largo del proceso. Además, dicho testimonio está corroborado indirectamente por medios probatorios presentados en el juicio oral, lo que le confiere verosimilitud y solidez probatoria. Por ello, los argumentos planteados por la defensa fueron desestimados.


En base a los fundamentos expuestos, la Sala Superior consideró que la sentencia apelada cuenta con una motivación suficiente, habiéndose establecido la responsabilidad penal del procesado con fundamento en las pruebas presentadas durante el juicio oral, etapa única y decisiva para la adopción de la resolución. Por lo tanto, se confirma la sentencia recurrida.