Ratifican 8 años cárcel efectiva para tres hermanos implicados en delitos de lesiones graves en Constitución

Nota de prensa
La Segunda Sala Penal de Apelaciones confirmó sentencia contra los hermanos Remigio Espinoza por atentar contra la vida de Mefiboset Mendoza Valverde y ordenó su captura inmediata.
Ratifican 8 años cárcel efectiva para tres hermanos implicados en delitos de lesiones graves en Constitución

Oficina de Imagen Institucional

6 de mayo de 2025 - 3:35 p. m.


La Segunda Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora, integrada por los magistrados Frederic Rivera Berrospi, Marco Antonio Espíritu Matos y Josué Córdova Pintado, resolvió confirmar la sentencia, emitida el 28 de mayo de 2024, en la cual se condena a Benny Nahun Remigio Espinoza, Wilder Remigio Espinoza y Arcenio Hitler Remigio Espinoza como autores del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones graves, en agravio de Mefiboset Flaviano Mendoza Valverde, imponiéndoles una pena privativa de libertad efectiva de 8 años y fijando una reparación civil solidaria de S/60 000 que deberán pagar a favor del agraviado.


La Judicatura también ordenó la ubicación y captura inmediata de los tres condenados. Se dispuso la elaboración de los oficios correspondientes para que, una vez detenidos, sean puestos a disposición del Juzgado de origen, el cual se encargará de su internamiento en el centro penitenciario de Pucallpa. El plazo de la pena privativa comenzará a contarse desde dicha internación, salvo que hayan estado sujetos a prisión preventiva en este mismo proceso.


Hechos imputados



El representante del Ministerio Público informó que, el 17 de noviembre de 2021, Mefiboset Flaviano Mendoza Valverde estuvo primero en el Pub Scarlet y luego en el Bar Tía Mora junto a su amigo Jaime, donde apareció el acusado Arcenio Hitler Remigio Espinoza buscando problemas. Gracias a la intervención de Jaime, la situación no pasó a mayores y Arcenio se retiró. Más tarde, Mendoza y Jaime decidieron ir al Night-club “Xuxa”, pero en la entrada se encontraron nuevamente con Arcenio, quien agredió físicamente a Mendoza. Para evitar conflictos, el agraviado optó por retirarse y se dirigió a otro local, “Las Visitadoras”, donde permaneció por un corto tiempo.



Al salir de “Las Visitadoras”, según requerimiento fiscal, Mendoza se encontró con Juanca y juntos fueron al hospedaje “Mónaco” antes de regresar al Night-club “Xuxa” cerca de las 22:00 horas. Al ingresar, observó que Arcenio estaba allí junto a su hermano Benny Remigio Espinoza. Mendoza fue a la barra, pero Benny se le acercó para reclamarle por la discusión anterior. Mientras intentaba evitar el conflicto, Arcenio lo atacó por la espalda con un objeto y Benny comenzó a romper vasos y botellas con intenciones agresivas.



Además, el fiscal indicó que en medio de la confusión, apareció un tercer hermano, Wilder Remigio Espinoza, quien también agredió físicamente a Mendoza. Entre los tres hermanos lo golpearon hasta dejarlo inconsciente. Al recobrar el conocimiento, Mendoza se encontró cubierto de sangre y fue auxiliado por Juanca y las trabajadoras del local, quienes lo trasladaron en un motokar al centro de salud de Constitución.



Decisión judicial


La Sala Penal señaló que las declaraciones de los recurrentes carecen de credibilidad, especialmente al confrontarlas con el testimonio presencial del testigo, quien identificó claramente a los acusados como autores de la agresión física contra el agraviado. Este testimonio directo debilita la defensa que argumenta que el agraviado no podría recordar los hechos debido a su estado de ebriedad, pues el testigo describió con precisión los detalles de la agresión.


La Judicatura consideró pertinente destacar que la sentencia recurrida está debidamente motivada, cumpliendo con los estándares exigidos en cuanto a la motivación suficiente, valoración probatoria y adecuada tipificación. Destacó que en dicha resolución se determinó la responsabilidad penal de los hermanos Remigio Espinoza con base en los elementos probatorios aportados durante el juicio, concluyendo que actuaron de manera concertada, desempeñando roles específicos que facilitaron la comisión de la lesión grave.