Prisión preventiva a sujeto por tocamientos indebidos a su vecina de diez años

Nota de prensa
Investigado dio S/ 5 a su víctima para que no cuente lo ocurrido.
tocamientos

Oficina de Imagen Institucional

17 de febrero de 2025 - 7:22 p. m.

El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, bajo la dirección del Dr. Jenner García Durand, ordenó nueve meses de prisión preventiva para Segundo Nilo Tuanama Pizango. Esta medida se debe a la presunta comisión del delito de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de una menor de 10 años. El denunciado aprovechó su cercanía como vecino para agredir sexualmente a su víctima.


El magistrado ordenó el traslado del denunciado al centro penitenciario de Pucallpa y dispuso que se cursen los oficios correspondientes para su internamiento, que se llevará a cabo durante el período de prisión preventiva aprobado. Esta medida comenzará a partir del día de su detención, es decir, el 11 de febrero, y se extenderá hasta el 10 de noviembre de 2025.


El Juzgado consideró las actas de testimonios de la agraviada, acta de denuncia verbal, de intervención policial y la entrevista de Cámara Gessel, para declarar fundado el pedido de prisión preventiva del Ministerio Público.


¿Qué pasó?


El Ministerio Público sostuvo que, el 11 de febrero de 2025, alrededor de las 09:00 a.m, la menor I.B.L.Ch. (10) se encontraba lavando en el "bañero" de su domicilio cuando el denunciado se acercó. Aprovechando que la casa no tiene cerco perimétrico, ingresó por un lado y, acercándose a la menor, la abrazó por la fuerza, le tocó en su parte intima, la besó y le indicó que no comentará nada de lo ocurrido, ofreciéndole S/. 5 a cambio, para luego retirarse.


La menor, visiblemente afectada y llorosa, se dirigió a la casa de su tía, quien vive a unas cuadras de su hogar. Al no encontrarla, la menor le relató lo sucedido a su prima, quien tras conocer los hechos, ambas decidieron acudir a la Junta Vecinal, que se encargó de informar a la policía sobre la situación y solicitó su intervención, según el representante de la Fiscalía.


Al enterarse de lo sucedido, la tía de la menor solicitó a su cuñada, para que acompañara a las menores a la Delegación Policial. Posteriormente, se dirigieron al centro de trabajo del padre de las menores para informarle sobre lo ocurrido. Tras ser notificado, conforme el requerimiento fiscal, el padre se presentó en la Divincri, donde la menor agraviada confirmó los hechos.


Decisión judicial


El Juzgado considera que la restricción de la libertad del imputado se justifica por los suficientes elementos de convicción que generan una sospecha grave. Además, el magistrado considera suficiente esta medida, dado el contexto de la probabilidad delictiva de los hechos y la participación del procesado, que se trata de un delito cuya sanción supera ampliamente los cuatro años.


El juez considera idónea la medida de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público contra Tuanama Pizango, ya que asegura su presencia durante las etapas de investigación preparatoria, intermedia y juzgamiento. Asimismo, considera necesaria la medida solicitada por la Fiscalía, ya que no existe otra medida coercitiva alternativa que garantice lo mismo que la prisión preventiva, debido a que la comparecencia simple o con restricciones no aseguran que el imputado asuma el proceso en su contra.