Condenan a sujeto por conducir en estado de ebriedad en flagrancia
Nota de prensa
7 de enero de 2025 - 4:35 p. m.
Por conducir en estado de ebriedad, el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Flagrancia, a cargo de la magistrada Karen Johana Cervantes Flores, condenó a Marcos Luis Joel Arana García. En consecuencia, se le impuso diez meses y nueve días de pena privativa de la libertad suspendida, debido a la conclusión anticipada.
También dispuso la inhabilitación para conducir por el mismo periodo de condena y aprobó el acuerdo entre la fiscalía y la defensa técnica sobre el monto de S/. 1,200 para la reparación civil.
Hechos imputados
El 15 de diciembre, siendo las 6 de la tarde, Marcos Luis Joel Arana García, fue intervenido por personal policial en la Av. Arborización con la Av. Unión del Distrito de Yarinacocha. Según el Ministerio Público, se encontraba conduciendo una motocicleta color negro, marca Honda, y presentaba síntomas de haber libado bebidas alcohólicas.
La Fiscalía destaca que esta información fue corroborada con el Certificado de Dosaje Etílico N°0066-005883 con el cual se estableció que en la muestra de sangre extraída se registró la cantidad de 1.60 gramos de alcohol por litro de sangre, encontrándose dentro de los alcances del artículo 274° del Código Penal.
Delito de conducción en estado de ebriedad
El artículo 274° del Código Penal sanciona el delito de conducción en estado de ebriedad con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas, además de la pena de inhabilitación.
Conclusión anticipada
La “conformidad premiada”, conforme al inciso 2 del artículo 372 del Código Penal, se presenta cuando el acusado, por sí o a través de su abogado, solicita previamente conferenciar con el Fiscal para llegar a un acuerdo sobre la pena y la reparación civil. Asimismo, es necesario la conformidad del Juez, lo que importa una doble garantía, puesto que una decisión de esa naturaleza implica una renuncia a la actuación de pruebas en juicio público, el cual tiene como consecuencia la expedición de una sentencia condenatoria en su contra.
Procedimiento
En la audiencia, la magistrada informó al acusado respecto de sus derechos y se le preguntó si admitía ser autor del delito materia de acusación. El procesado luego de consultar con su abogado defensor y conferenciar con el señor Fiscal, aceptó los cargos atribuidos por la Fiscalía. Seguidamente, el representante del Ministerio Público comunicó que llegó a un acuerdo con el acusado respecto a la pena y la reparación civil. En consecuencia, se declaró la conclusión del juicio y se dispuso inmediatamente la lectura de la sentencia.