Ordenan nuevo juicio oral para capitán del Ejército procesado por homicidio culposo
Nota de prensaLa fiscalía lo acusó de negligencia al disponer el traslado fluvial de soldados en un bote artesanal sin medidas de seguridad, lo que resultó en el ahogamiento de dos soldados en el río Ucayali.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
2 de diciembre de 2024 - 9:54 a. m.
Un nuevo juicio oral por otro juzgado unipersonal fue ordenado por la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Ucayali, en el proceso seguido contra el capitán del Ejército Peruano, Gustavo Alberto Durand Nieto, investigado por el delito de homicidio culposo. La fiscalía lo acusó de infringir los deberes de cuidado al ordenar el desplazamiento fluvial de soldados sin las medidas de seguridad correspondientes, lo que terminó con la muerte por ahogamiento de dos de ellos.
El Primer Juzgado Penal Unipersonal encontró a Durand Nieto responsable de los cargos imputados y lo sentenció a ocho meses de pena privativa de libertad suspendida, con un periodo de prueba de un año, durante el cual deberá cumplir reglas de conducta, como no ausentarse de su lugar de residencia sin autorización judicial, comparecer cada dos meses ante el juzgado, no reincidir en la comisión de delitos y pagar una reparación civil de S/ 2,500 a los representantes de cada una de las dos víctimas.
Esta decisión fue apelada y declarada infundada por la segunda instancia. Los magistrados superiores Frederic Rivera Berrospi, Hermógenes Lima Chayña y Marcos Espíritu Matos precisaron que, aunque algunos testigos mencionaron una embarcación artesanal de madera, no se logró determinar a quién pertenecía ni si estaba vinculada al Ejército Peruano o a una entidad civil, lo que impidió atribuir una responsabilidad penal y civil fundamentada.
En cuanto a la reparación civil, los magistrados consideraron que no se acreditó adecuadamente el nexo causal (vínculo que conecta una acción u omisión con un resultado) ni los factores de atribución del daño. A pesar de haberse fijado un monto compensatorio, este fue considerado insuficiente. Además, mencionaron que la madre de uno de los soldados habría recibido ya una pensión vitalicia y un seguro de vida, aunque no se investigó ni documentó formalmente el cumplimiento de dichas compensaciones, lo que podría derivar en duplicidad o arbitrariedad.
La sala concluyó que la sentencia inicial carecía de motivación suficiente, vulnerando derechos y garantías constitucionales como la debida fundamentación de las resoluciones judiciales, según el artículo 139°, numeral 5, de la Constitución Política.
Hechos denunciados:
De acuerdo con el Ministerio Público, el capitán Durand Nieto habría ordenado el traslado de siete soldados desde Pucallpa hasta las instalaciones de la Unidad Militarizada de Asentamiento Rural (UMAR) N° 3-Cantagallo, que estaba bajo su responsabilidad, mediante un bote artesanal. La embarcación no contaba con chalecos salvavidas ni otras medidas de seguridad esenciales para garantizar la protección del personal durante el recorrido.
Aproximadamente a las 09:30 horas del 26 de diciembre de 2020, los soldados zarparon desde el puerto del Reloj Público de Pucallpa. Al poco tiempo, precisó fiscalía, una embarcación fluvial pasó cerca, generando un fuerte oleaje que provocó la volcadura del bote y dejó a los soldados a la deriva en el río Ucayali. Dos de ellos, Diego Armando Tantanta Monteluisa y Luis Jair Couper Vásquez, desaparecieron en las aguas, siendo encontrados sin vida cuatro días después.
Según testimonios de los sobrevivientes, el operativo careció de protocolos básicos de seguridad, como el uso de chalecos salvavidas y capacitación en situaciones de emergencia fluvial.