Dictan prisión preventiva a hombres que viajaban con droga en embarcación
Nota de prensaLa decisión de imponer prisión preventiva a tres de los investigados, fue tomada por el juzgado tras evaluar los riesgos de fuga y obstaculización de la averiguación de la verdad

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
29 de octubre de 2024 - 12:14 p. m.
El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ucayali dictó nueve meses prisión preventiva para Adolfo Panduro Pérez, Elder Alegría Salas y Evaristo Saravia Estela, investigados como coautores del delito de tráfico ilícito de drogas, luego de que se les detuviera en un bote con seis paquetes que contenían clorhidrato de cocaína. En el mismo proceso también se investiga a Jorge Yuyarima Pacaya y Kaceli Mendoza Silva, a quienes se les impusieron comparecencia con restricciones.
Tanto Yuyarima Pacaya y Mendoza Silva tendrá que cumplir reglas de conducta, como comparecer mensualmente ante la justicia y a las diligencias del proceso y pagar una caución económica de S/ 500 y S/ 1,000, respectivamente, dentro de 15 días hábiles. En caso de incumplimiento de estas medidas y previo pedido del Ministerio Público, el juzgado revocará la comparecencia y ordenará la prisión preventiva de los imputados.
¿Por qué impusieron prisión preventiva?
La decisión de imponer prisión preventiva a tres de los investigados, fue tomada por el juzgado tras evaluar los riesgos de fuga y obstaculización de la averiguación de la verdad, elementos importantes que justifican esta medida. La resolución señaló la gravedad de los delitos imputados, que implican penas superiores a cinco años de prisión, lo que acentúa la necesidad de asegurar la presencia de los imputados durante el proceso judicial.
Adolfo Panduro, docente de profesión, fue identificado como el propietario de la embarcación donde se encontraron los paquetes tipo ladrillo. Durante la intervención, se registraron declaraciones en las que se señalaba que la droga había sido dejada por un pasajero desconocido en el centro poblado París. Sin embargo, el juzgado consideró insuficientes estas afirmaciones para desvincular a Panduro de la responsabilidad en el hecho, dado que su presencia en la embarcación y su papel como propietario sugieren un grado de implicación que no puede ser ignorado.
El caso se complicó aún más con las declaraciones de otros implicados, quienes confirmaron que Adolfo Panduro estaba a bordo y, en ocasiones, actuaba como el líder de la embarcación. Elder Alegría, quien se desempeñaba como motorista, y Evaristo Saravia, un pasajero que se unió a la travesía, también enfrentan la misma situación. Ambos no lograron presentar pruebas fehacientes que confirmaran su arraigo familiar, domiciliario o laboral. Esto llevó al juzgado a concluir que existía un alto riesgo de que pudieran sustraerse de la justicia.
Por otro lado, el juzgado decidió otorgar comparecencia a Jorge Yuyarima y Kaceli Mendoza, aunque ambos estaban presentes en la misma embarcación donde se encontró la droga. La diferencia en su situación se debió a la naturaleza de sus vínculos con el caso y la evidencia presentada por sus defensas. Yuyarima, aunque no presentó documentos que acreditaran su arraigo, no tenía antecedentes penales significativos que incrementaran la percepción de riesgo, lo que le permitió beneficiarse de una medida menos severa.
Kaceli Mendoza, en particular, presentó un argumento sólido que sustentó su presencia en la embarcación. Aportó un permiso de la Asociación de Padres de Familia (APAFA) que justificaba su viaje a Yarinacocha por motivos de salud. Además, su defensa presentó un ticket de cita médica programada para el 10 de octubre de 2024. Este elemento fue importante para que la autoridad judicial considerara que su presencia en la embarcación no era suficiente para establecer su culpabilidad en el caso.
El juzgado, al momento de tomar su decisión, enfatizó que la evaluación no se centraba únicamente en la presencia de los imputados en el lugar del hallazgo de la droga, sino en la capacidad de la fiscalía para presentar pruebas concluyentes que vincularan a los acusados con el delito. La jurisprudencia citada, particularmente la Casación N° 626-2013 de Moquegua, refuerza la idea de que la probabilidad delictiva debe ser analizada de manera rigurosa, evitando medidas punitivas sin el debido sustento probatorio.
Hechos denunciados
De acuerdo a lo señalado por la fiscalía, en un operativo nocturno en la laguna de Yarinacocha, la Policía logró interceptar una embarcación en la que hallaron más de 6 kilogramos de droga. La intervención ocurrió cuando efectivos de la Comisaría de Yarinacocha patrullaban a bordo de un deslizador, con el objetivo de prevenir actos ilícitos en la zona.
A las 8 de la noche, los efectivos, situados a 40 minutos del boulevard de Yarinacocha, observaron una embarcación de madera con motor peke peke, sin techo, y con seis personas a bordo. La embarcación fue interceptada a la altura del centro poblado Pueblo Libre. Tras el registro, se identificó a los ocupantes como Adolfo Panduro (53), Eider Alegría (32), Evaristo Saravia (54), Kaceli Mendoza (45), Jorge Yuyarima (65) y un adolescente de 17 años.
Durante la revisión, los agentes encontraron un costal de polietileno negro, que contenía seis envases plásticos transparentes rectangulares lo que parecía ser pasta básica de cocaína. Ante este hallazgo, los policías incautaron la sustancia, detuvieron a los ocupantes y los trasladaron a la Comisaría de Yarinacocha. El Ministerio Público fue notificado de inmediato para las diligencias de ley.
Posteriormente, se llevó a cabo el proceso de deslacrado, identificación preliminar y pesaje de las sustancias. La prueba química con el reactivo MATER confirmó la presencia de alcaloide cocaína en la droga incautada, identificada como clorhidrato de cocaína, con un peso total de seis kilos y seiscientos ocho gramos (6.608 kg).