Dictan prisión preventiva por 9 meses para investigado por tocamientos a adolescente

Nota de prensa
De acuerdo con la tesis presentada por el Ministerio Público, la adolescente se quedó con el imputado luego de que su madre viajara por una semana.
Dictan prisión preventiva por 9 meses para investigado por tocamientos a adolescente

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

25 de setiembre de 2024 - 2:13 p. m.

Nueve meses de prisión preventiva impuso la jueza Ángela Zamudio Navarro del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria contra Julio Edgar Andrade Ramírez, investigado por el delito de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de una adolescente de 11 años, con quien comparte vínculo familiar. Andrade Ramírez permanecerá internado en el penal de Pucallpa hasta junio de 2025.

De acuerdo con la tesis presentada por el Ministerio Público, la adolescente se quedó con el imputado luego de que su madre viajara por una semana. Así, la llevó a vivir a su cuarto alquilado ubicado en la avenida Aviación. Según constan en actas policiales, el jueves 5 de septiembre de 2024, la menor se fue a dormir alrededor de las 6:50 horas y cerca de las 10:00 horas se despertó porque sintió que le estaban tocando sus partes íntimas. “La menor no quería decir nada porque estaba asustada y no sabía qué estaba pasando. Comenzó a sentir incomodidad por lo que le hacía, por lo que se volteó y fue ahí donde (el imputado) la dejó”, sostuvo la fiscalía durante la audiencia. Al día siguiente, la víctima se acercó a su maestra y le contó lo sucedido.

La judicatura consideró que existen razones justificables para la detención del imputado, basándose en las declaraciones de la menor, quien afirmó que él le tocó sus partes íntimas mientras dormía en la misma cama. La intervención se llevó a cabo tras recibir información de la escuela sobre el presunto abuso, lo que llevó a la identificación del imputado y su detención en el lugar. Las evidencias recopiladas, incluyendo el acta de constatación policial y fotografías del lugar de los hechos, respaldaron las acusaciones y sugirieron que el ambiente era propicio para la comisión del delito.

En el desarrollo del caso, se realizó una declaración de la menor en cámara Gesell, donde describió los hechos. La menor relató sentirse incómoda durante el incidente y expresó su temor al hablar con su profesora sobre lo sucedido. A pesar de las afirmaciones del imputado negando las acusaciones y sugiriendo que se trataba de un malentendido, la judicatura evaluó las pruebas y testimonios presentados, concluyendo que hay elementos suficientes para justificar la prisión preventiva.

La víctima expresó sentimientos de miedo hacia el imputado, pero no resentimiento, lo que llevó a la jueza a considerar que su testimonio no está influenciado por su madre, quien no se encuentra en la localidad. Durante la evaluación psicológica, la menor reveló que desea un alejamiento de Andrade Ramírez debido a experiencias pasadas de violencia contra otro familiar. En esta evaluación, se observó que la menor se encontraba consciente y capaz de valorar su realidad, sin indicadores de psicopatología que afectaran su percepción durante la entrevista.

El juzgado determinó que existe un relato coherente y consistente por parte de la menor en su acusación. En cuanto a la evaluación de la pena, se establece que el delito tipificado podría conllevar una pena mínima de nueve años de prisión. La judicatura también tomó en cuenta el peligro procesal, analizando los arraigos del imputado; sin embargo, los documentos presentados no fueron suficientes para demostrar su estabilidad laboral y residencia.