Dictan preventiva a hombre denunciado por tocamientos indebidos a niña

Nota de prensa
La prisión preventiva evitará que el imputado interfiera en la investigación y asegure su participación en el proceso judicial.
Dictan preventiva a hombre denunciado por tocamientos indebidos a niña

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

20 de setiembre de 2024 - 9:52 a. m.

Seis meses de prisión preventiva que deberán ser cumplidos en el penal de Pucallpa, impuso la jueza Irene Hidalgo Armas del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ucayali a Marlon César Crispin Camara, investigado por el delito de actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de una niña de 7 años. La magistrada también ordenó la ubicación y captura del imputado en el ambiento regional y nacional.

La fiscalía presentó diversos elementos para respaldar el requerimiento de prisión preventiva. Entre ellos se encuentra el acta de recepción de la denuncia verbal realizada por la madre de la menor, quien detalla las circunstancias del hecho y señala a Crispín Camara como el responsable. Además, incluyó su declaración formal donde reitera que su hija le reveló que el imputado le había tocado inapropiadamente en su domicilio.

Aunque un examen médico legal practicado a la niña no muestra signos evidentes de abuso sexual, la menor sostuvo en declaraciones posteriores que fue víctima de tocamientos. La madre también presentó ampliaciones de su declaración, donde menciona haber recibido amenazas por parte del imputado y sus familiares tras interponer la denuncia.

Para imponer la medida coercitiva la jueza también evaluó la pena probable que se le pudiera imponer al imputado. Según el Código Penal, el delito por el que se le investiga conlleva una pena que oscila entre 14 y 20 años. El juzgado también determinó que, incluso considerando atenuantes o agravantes, la pena mínima probable sería de 5 años.

El peligro de fuga es un aspecto importante para evaluar, relacionado con la posibilidad de que el imputado evada la justicia si se le permite permanecer en libertad. La jueza consideró la situación personal, familiar y económica del imputado. Aunque la defensa presentó documentos que intentaron demostrar arraigos laborales y familiares, el juzgado determinó que no son suficientes. El contrato de trabajo que presentaron es reciente (cinco meses) y no garantiza estabilidad, mientras que la documentación familiar no prueba la capacidad del imputado para sustentar económicamente a sus hijos. Por tanto, concluyó que el imputado carece de arraigos sólidos.

La fiscalía también argumentó que el imputado podría influir en los testigos, dado su vínculo familiar con la menor agraviada. Presentaron testimonios que sugieren intentos de intimidación hacia la madre y la menor por parte de familiares del imputado, por lo que la jueza consideró que existía un riesgo real de obstaculización del proceso.

Hechos denunciados


Según la fiscalía, la menor vive con su madre en el distrito de Yarinacocha. Durante los fines de semana, la víctima visita a su padre. A través de esta relación familiar, la menor llegó a conocer al imputado, quien es conviviente de una familiar. Esta cercanía habría generado un ambiente de confianza entre la menor y Crispín Camara.

En marzo de 2023, de acuerdo con lo precisado por la tesis fiscal, mientras la niña jugaba habría sido llamada por el imputado a su domicilio, donde presuntamente fue llevada a una habitación y habría realizado los tocamientos en sus partes íntimas. La niña precisó que este acto se habría repetido en dos ocasiones el mismo día. Para silenciarla, Crispín le habría ofrecido un chupete.

El Ministerio Público sindicó que después del incidente, la menor no se atrevió a contar lo sucedido a su madre por vergüenza. Sin embargo, el 19 de marzo de 2023, tras notar comportamientos extraños en su hija, la madre indagó sobre su estado emocional. Finalmente, la víctima confesó que su "tío Marión" había abusado de ella. Fue el 20 de marzo que la madre de la agraviada interpuso la denuncia.