Resolución Administrativa N.° 000564-2025-P-CSJUC-PJ

DAR cumplimiento a la Resolución Corrida N.° 001229-2025-PCEPJ, a través de la cual se dispone AUTORIZAR la “IX Feria Nacional Simultánea Llapanchikpaq Justicia

28 de octubre de 2025

ARTÍCULO PRIMERO: DAR cumplimiento a la Resolución Corrida N.° 001229-2025-PCEPJ, a través de la cual se dispone AUTORIZAR la “IX Feria Nacional Simultánea Llapanchikpaq Justicia: Promoviendo una cultura jurídica de derechos”, que se llevará a cabo el día 26 de setiembre del año en curso, de 9:00 a 16:00 horas, de manera presencial en las 35 Cortes Superiores de Justicia.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR Y DISPONER la participación de los Magistrados y personal jurisdiccional como administrativo de la Comisión Distrital de acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, la Comisión de Genero, Equipo Multidisciplinario, ODAJUP, Juzgado de Paz Letrado de Manantay y Juzgado de Violencia de Coronel Portillo.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que la mencionada feria no debe interferir con las audiencias y diligencias judiciales previamente programadas, las cuales deberán ser priorizadas con el fin de no afectar las labores jurisdiccionales; por lo tanto, los jueces y juezas que participen en la feria no deberán tener diligencias ni actuaciones judiciales programadas para la fecha de realización de la misma, bajo responsabilidad.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, así como las jefaturas, así como coordinaciones y áreas (Transporte, Control Patrimonial, entre otras), coadyuven con la Comisión Distrital de acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, con las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada Resolución Corrida.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR a la Oficina de Imagen y Comunicaciones la difusión de la “IX Feria Nacional Simultánea Llapanchikpaq Justicia: Promoviendo una cultura jurídica de derechos”, a través de los canales oficiales de comunicación y medios digitales de esta Corte Superior de Justicia, incluyendo redes sociales, con el objetivo de garantizar un mayor alcance entre la ciudadanía
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, brinde el apoyo y/o soporte técnico logístico para la ejecución de las actividades descritas en el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO SEPTIMO: PONER en conocimiento de la presente resolución a los miembros integrantes de la Comisión Distrital de acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, a los miembros integrantes de la Comisión de Genero, Equipo Multidisciplinario, ODAJUP, Juzgado de Paz Letrado de Manantay y Juzgado de Violencia de Coronel Portillo; Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Administración y Finanzas, Oficina de Imagen y Comunicaciones y demás interesado, para los fines pertinentes.



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