Resolución Administrativa N.° 000515-2025-P-CSJUC-PJ
CONCEDER LICENCIA ESPECIAL SIN GOCE DE HABER POR REPRESENTACIÓN al Juez Superior Titular de la CSJ Ucayali MARCO ANTONIO SANTA CRUZ URBINA,
22 de setiembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: CONCEDER LICENCIA ESPECIAL SIN GOCE DE HABER POR REPRESENTACIÓN al Juez Superior Titular de la CSJ Ucayali MARCO ANTONIO SANTA CRUZ URBINA, a partir del 29 agosto de 2025; hasta que culmine el proceso de Elecciones Generales 2026.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el colegiado de la PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA, sea integrado por el Juez Superior llamado por Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 147º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa Nº 520-2015-PCSJUC/PJ, de fecha 10 de diciembre de 2015, y su modificatoria la Resolución Administrativa Nº 010-2017-P-CSJUC/PJ de fecha 03 de enero de 2017, a partir del 29 agosto de 2025; hasta la designación del Juez Superior que integrará el referido colegiado.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que, de conformidad al artículo 149 del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Juez Superior MARCO ANTONIO SANTA CRUZ URBINA, debe emitir su voto en todas las causas, en cuya vista hubiese intervenido. ARTÍCULO CUARTO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Jefatura de la ODANC Ucayali, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos de esta Corte, Responsable de la Oficina de Imagen Institucional y demás interesados, para los fines que correspondan.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el colegiado de la PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN LIQUIDADORA, sea integrado por el Juez Superior llamado por Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 147º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa Nº 520-2015-PCSJUC/PJ, de fecha 10 de diciembre de 2015, y su modificatoria la Resolución Administrativa Nº 010-2017-P-CSJUC/PJ de fecha 03 de enero de 2017, a partir del 29 agosto de 2025; hasta la designación del Juez Superior que integrará el referido colegiado.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que, de conformidad al artículo 149 del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Juez Superior MARCO ANTONIO SANTA CRUZ URBINA, debe emitir su voto en todas las causas, en cuya vista hubiese intervenido. ARTÍCULO CUARTO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Jefatura de la ODANC Ucayali, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos de esta Corte, Responsable de la Oficina de Imagen Institucional y demás interesados, para los fines que correspondan.