Resolución Administrativa N.° 000463-2025-P-CSJUC-PJ
APROBAR el Procedimiento de Selección No Competitivo N° 01-2025-DEC-CSJUC/PJ, según lo dispuesto en el numeral 102.1 del artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas,
19 de setiembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Procedimiento de Selección No Competitivo N° 01-2025-DEC-CSJUC/PJ, según lo dispuesto en el numeral 102.1 del artículo 102 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, Procedimiento de Selección no competitivo – Contratación Directa N°01-2025-DEC-CSJUC/PJ-1 (Primera convocatoria) bajo el supuesto señalado en el literal h) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley General de Contrataciones Públicas y al literal h) de artículo 100 de su Reglamento del “Servicio de Arrendamiento de Inmueble para el Funcionamiento de la Unidad De Flagrancia II de la Corte Superior de Justicia de Ucayali”, por el importe de S/ 645,600.00 (Seiscientos cuarenta y cinco mil seiscientos con 00/100 soles) sin IGV.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el Coordinador de Logística de esta Corte Superior de Justicia se encargue de llevar a cabo la contratación indicada en el artículo precedente, realizando las acciones necesarias, conforme a lo previsto por las normas de contratación pública, para dar cumplimiento a la presente resolución, debiendo verificar que la oferta presentada cumpla las condiciones y características requeridas, para cuyo efecto se le remitirá todo lo actuado.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Coordinación de Logística de esta Corte Superior de Justicia, efectuar la publicación de la presente resolución, y de los informes que la sustentan en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas (PLADICOP), dentro del plazo previsto por la norma vigente.
ARTÍCULO CUARTO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Logística, y demás interesados, para los fines pertinentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el Coordinador de Logística de esta Corte Superior de Justicia se encargue de llevar a cabo la contratación indicada en el artículo precedente, realizando las acciones necesarias, conforme a lo previsto por las normas de contratación pública, para dar cumplimiento a la presente resolución, debiendo verificar que la oferta presentada cumpla las condiciones y características requeridas, para cuyo efecto se le remitirá todo lo actuado.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Coordinación de Logística de esta Corte Superior de Justicia, efectuar la publicación de la presente resolución, y de los informes que la sustentan en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas (PLADICOP), dentro del plazo previsto por la norma vigente.
ARTÍCULO CUARTO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Logística, y demás interesados, para los fines pertinentes.