Resolución Administrativa N.° 000429-2025-P-CSJUC-PJ.
DEJAR SIN EFECTO el Artículo Primero de la Resolución Administrativa N° 000424-2025-P-CSJUC-PJ, de fecha 10 de julio del 2025.
19 de setiembre de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO el Artículo Primero de la Resolución Administrativa N° 000424-2025-P-CSJUC-PJ, de fecha 10 de julio del 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO: MODIFICAR el Artículo Segundo de Resolución Administrativa N° 000424-2025-P-CSJUC-PJ, de fecha 10 de julio del 2025, quedando redactado de la siguiente manera: APROBAR el Expediente de Contratación del Procedimiento de Selección No Competitivo por el supuesto de arrendamiento de bien inmueble previsto en el literal h) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, conforme a los términos de referencia para el “Servicio de Arrendamiento de Inmueble para el funcionamiento de la Unidad de Flagrancia II de la Corte Superior de Justicia de Ucayali”, por el monto de S/ 645,600.00 (Seiscientos cuarenta y cinco mil seiscientos con 00/100 soles), estableciéndose una merced conductiva de S/ 26,900.00 (Veintiséis mil novecientos y 00/100 soles) mensual, por el periodo de veinticuatro (24) meses, y según anexo N° 2 formato de aprobación de expediente de contratación aprobado por la DGA.
ARTÍCULO TERCERO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Logística, y demás interesados, para los fines pertinentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: MODIFICAR el Artículo Segundo de Resolución Administrativa N° 000424-2025-P-CSJUC-PJ, de fecha 10 de julio del 2025, quedando redactado de la siguiente manera: APROBAR el Expediente de Contratación del Procedimiento de Selección No Competitivo por el supuesto de arrendamiento de bien inmueble previsto en el literal h) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, conforme a los términos de referencia para el “Servicio de Arrendamiento de Inmueble para el funcionamiento de la Unidad de Flagrancia II de la Corte Superior de Justicia de Ucayali”, por el monto de S/ 645,600.00 (Seiscientos cuarenta y cinco mil seiscientos con 00/100 soles), estableciéndose una merced conductiva de S/ 26,900.00 (Veintiséis mil novecientos y 00/100 soles) mensual, por el periodo de veinticuatro (24) meses, y según anexo N° 2 formato de aprobación de expediente de contratación aprobado por la DGA.
ARTÍCULO TERCERO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Logística, y demás interesados, para los fines pertinentes.