Resolución Administrativa N.° 000250-2025-P-CSJUC-PJ
ACEPTAR la renuncia voluntaria presentado por el servidor EDINSON PIZANGO RIOS, al cargo de Resguardo, Custodia y Vigilancia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali,
19 de junio de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR la renuncia voluntaria presentado por el servidor EDINSON PIZANGO RIOS, al cargo de Resguardo, Custodia y Vigilancia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, con número de plaza 018920, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057 – CAS, siendo el último día de vínculo laboral el el 30 de abril del 2025 (fecha de término de licencia sin goce de haber).
ARTÍCULO SEGUNDO: EXONERAR al servidor arriba citado del plazo de treinta (30) días para comunicar su renuncia a la entidad contratante, conforme lo establecido en el artículo 10° literal c) del Decreto Supremo N°003-97-TR.
ARTÍCULO TERCERO: DECLARAR vacante la Plaza de Resguardo, Custodia y Vigilancia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, con número de plaza 018920.
ARTICULO CUARTO: DISPONER que el Área de Coordinación de Recursos Humanos, ejecute las acciones correspondientes respeto de la liquidación, emisión del certificado de trabajo y demás pertinentes relacionadas con la extinción del vínculo laboral.
ARTÍCULO QUINTO: ESTABLECER que la decisión adoptada en el presente acto administrativo, no implica la exoneración de responsabilidad de alguna irregularidad detectada con posterioridad en el ejercicio de las funciones desempeñadas por el servidor EDINSON PIZANDO RIOS.
ARTÍCULO SEXTO: DEJESE SIN EFECTO toda disposición contraria a la presente resolución, y PÓNGASE en conocimiento a la Coordinación de Recursos Humanos, ODANC Ucayali, personal indicado e interesados, para los fines pertinentes
ARTÍCULO SEGUNDO: EXONERAR al servidor arriba citado del plazo de treinta (30) días para comunicar su renuncia a la entidad contratante, conforme lo establecido en el artículo 10° literal c) del Decreto Supremo N°003-97-TR.
ARTÍCULO TERCERO: DECLARAR vacante la Plaza de Resguardo, Custodia y Vigilancia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, con número de plaza 018920.
ARTICULO CUARTO: DISPONER que el Área de Coordinación de Recursos Humanos, ejecute las acciones correspondientes respeto de la liquidación, emisión del certificado de trabajo y demás pertinentes relacionadas con la extinción del vínculo laboral.
ARTÍCULO QUINTO: ESTABLECER que la decisión adoptada en el presente acto administrativo, no implica la exoneración de responsabilidad de alguna irregularidad detectada con posterioridad en el ejercicio de las funciones desempeñadas por el servidor EDINSON PIZANDO RIOS.
ARTÍCULO SEXTO: DEJESE SIN EFECTO toda disposición contraria a la presente resolución, y PÓNGASE en conocimiento a la Coordinación de Recursos Humanos, ODANC Ucayali, personal indicado e interesados, para los fines pertinentes