Resolución Administrativa N.° 000197-2025-P-CSJUC-PJ
APROBAR las Bases Estándar del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 001-2025-CS-CSJUC/PJ “Servicio de Agenciamiento de Pasajes y Transporte Aéreo Provinciales para la Corte Superior
5 de junio de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR las Bases Estándar del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 001-2025-CS-CSJUC/PJ “Servicio de Agenciamiento de Pasajes y Transporte Aéreo Provinciales para la Corte Superior de Justicia de Ucayali”, cuyo valor estimado asciende a la suma de S/ 63,795.80 (Sesenta y tres mil setecientos noventa y cinco mil con 80/100 soles), de conformidad con los términos de referencia y requerimientos técnicos mínimos, descritos en el expediente de contratación.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR la realización del Proceso Nº 01-2025-CS-CSJUC/PJ “Servicio de Agenciamiento de Pasajes y Transporte Aéreo Provinciales para la Corte Superior de Justicia de Ucayali”.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los integrantes del COMITÉ DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI, actúen con autonomía e independencia en el marco de las disposiciones normativas establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; así como también, realicen sus funciones con probidad, eficiencia, veracidad, responsabilidad, buena fe y respeto de la Constitución y las Leyes, procurando en todo momento maximizar el valor del dinero bajo las mejores condiciones de precio y calidad.
ARTÍCULO CUARTO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ucayali y demás involucrados para los fines pertinentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR la realización del Proceso Nº 01-2025-CS-CSJUC/PJ “Servicio de Agenciamiento de Pasajes y Transporte Aéreo Provinciales para la Corte Superior de Justicia de Ucayali”.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los integrantes del COMITÉ DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI, actúen con autonomía e independencia en el marco de las disposiciones normativas establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; así como también, realicen sus funciones con probidad, eficiencia, veracidad, responsabilidad, buena fe y respeto de la Constitución y las Leyes, procurando en todo momento maximizar el valor del dinero bajo las mejores condiciones de precio y calidad.
ARTÍCULO CUARTO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ucayali y demás involucrados para los fines pertinentes.