Resolución Administrativa N.° 000085-2025-P-CSJUC-PJ
EJECUTAR lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000038-2025-CE-PJ de fecha 31 de enero de 2025, por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
26 de febrero de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000038-2025-CE-PJ de fecha 31 de enero de 2025, por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que resolvió lo siguiente: “(…) Artículo duodécimo. Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Ucayali: a) Prorrogar, a partir del 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de julio de 2025, la ampliación de la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, para que continúe atendiendo con turno abierto el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). b) Prorrogar, a partir del 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de julio de 2025, el cierre de turno de la Sala Civil Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, para el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP).(…)”.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, Administración Civil y Administración del Módulo Laboral de esta Corte, realicen las acciones administrativas necesarias, a fin de ejecutar lo dispuesto en el artículo duodécimo de la Resolución Administrativa N° 000038-2025-CE-PJ, lo cual deberá informarse a esta presidencia oportunamente.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital en coordinación con la Administración del Módulo Laboral y la Coordinación de Informática de esta Corte, realicen las acciones administrativas necesarias, para ampliar (turno abierto), a partir del 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de julio de 2025, la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente, y cerrar el turno a partir del 01 de febrero de 2025 hasta el 31 de julio de 2025, de la competencia funcional de la Sala Especializada en lo Civil y Afines de esta Corte, respecto a los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP).
ARTÍCULO CUARTO: PONER a conocimiento la presente resolución de la presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Administración Distrital, magistrados e interesados.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, Administración Civil y Administración del Módulo Laboral de esta Corte, realicen las acciones administrativas necesarias, a fin de ejecutar lo dispuesto en el artículo duodécimo de la Resolución Administrativa N° 000038-2025-CE-PJ, lo cual deberá informarse a esta presidencia oportunamente.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital en coordinación con la Administración del Módulo Laboral y la Coordinación de Informática de esta Corte, realicen las acciones administrativas necesarias, para ampliar (turno abierto), a partir del 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de julio de 2025, la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente, y cerrar el turno a partir del 01 de febrero de 2025 hasta el 31 de julio de 2025, de la competencia funcional de la Sala Especializada en lo Civil y Afines de esta Corte, respecto a los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP).
ARTÍCULO CUARTO: PONER a conocimiento la presente resolución de la presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Administración Distrital, magistrados e interesados.