Resolución Administrativa N.° 000076-2025-P-CSJUC-PJ

DECLARAR FUNDADO el recurso de reconsideración formulado por el señor magistrado CÉSAR FRANK TUCTO SANTAMARIA –Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Coronel Port

7 de febrero de 2025

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR FUNDADO el recurso de reconsideración formulado por el señor magistrado CÉSAR FRANK TUCTO SANTAMARIA –Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Coronel Portillo-, contra la Resolución Administrativa N° 000050-2025-PCSJUC-PJ, de fecha 22 de enero del 2025; y la Resolución Administrativa N° 000051- 2025-P-CSJUC-PJ, de fecha 22 de enero del 2025; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: MODIFICAR la Resolución Administrativa N° 000050-2025-P-CSJUC-PJ, de fecha 22 de enero del 2025; que aprueba el rol de vacaciones de los señores magistrados, personal administrativo y jurisdiccional de esta Corte Superior de Justicia, correspondiente al periodo vacacional 2025, en el extremo del ítem 179 del Cuadro de “ROL DE VACACIONES PERIODO 2025”; debiéndose considerar como ejercicio vacacional: MES: FEBRERO (30); INICIO: 01/02/2025; TERMINO: 02/03/2025.
ARTÍCULO TERCERO: MODIFICAR la Resolución Administrativa N° 000051-2025-P-CSJUC-PJ, de fecha 22 de enero del 2025, en el extremo que se designa al recurrente como magistrado encargado del PRIMER Y SEGUNDO JUZGADO CIVIL, debiendo de indicar que la magistrada encargada de dichos juzgados como Órganos Jurisdiccionales de Emergencia por el periodo vacacional (MES: FEBRERO (30); INICIO: 01/02/2025; TERMINO: 02/03/2025), será la Dra. LIZ IVONE TORRES DIAZ.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que el señor magistrado CÉSAR FRANK TUCTO SANTAMARIA-, Juez Titular del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de la Provincia de Coronel Portillo-, presente al despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, la documentación que se genere respecto a la cita médica oftalmológica en la Clínica San Felipe, bajo apercibimiento de iniciar las sanciones que correspondan.
ARTÍCULO QUINTO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Gerencia de Administración Distrital, magistrado recurrente y demás interesados.


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