Resolución Administrativa N.° 738-2024-P-CSJUC-PJ
APROBAR LA NÓMIA DE PERITOS JUDICIALES PARA LOS AÑOS JUDICIALES 2025 - 2026
17 de diciembre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Nómina de Peritos Judiciales para los años judiciales 2025 y 2026.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Jefatura de la Unidad de Servicios Judiciales, realice las acciones conducentes a la inscripción de los profesionales en el Registro Judicial de Peritos – REPEJ y la entrega la credencial de identificación, conforme corresponda.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que la Directiva N°008-2023-CE-PJ, establece en su numeral 7.4.8, que la vigencia de inscripción en el registro judicial de peritos es de un (1) año. El perito puede renovar su inscripción únicamente por un año adicional inmediato al de su inscripción, en caso no renueve su inscripción automáticamente es excluido del registro.
ARTÍCULO CUARTO: PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital, Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de Ucayali y del área de Servicios Judiciales y Recaudación, para los fines pertinentes
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Jefatura de la Unidad de Servicios Judiciales, realice las acciones conducentes a la inscripción de los profesionales en el Registro Judicial de Peritos – REPEJ y la entrega la credencial de identificación, conforme corresponda.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que la Directiva N°008-2023-CE-PJ, establece en su numeral 7.4.8, que la vigencia de inscripción en el registro judicial de peritos es de un (1) año. El perito puede renovar su inscripción únicamente por un año adicional inmediato al de su inscripción, en caso no renueve su inscripción automáticamente es excluido del registro.
ARTÍCULO CUARTO: PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital, Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de Ucayali y del área de Servicios Judiciales y Recaudación, para los fines pertinentes