Resolución Administrativa N.° 626-2024-P-CSJUC-PJ

EJECUTAR LO DISPUESTO MEDIANTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°000368-2024-CE-PJ, POR LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

30 de octubre de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 000368-2024-CE-PJ, de fecha 29 de octubre de 2024, por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que resolvió:

“(…) Artículo sexto. Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Ucayali: a) Prorrogar, a partir del 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, la ampliación de la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo para que continúe atendiendo con turno abierto el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional. b) Ampliar, a partir del 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, el cierre de turno de la Sala Civil Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, para el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional. c) Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali adopte las medidas administrativas para mejorar el bajo nivel resolutivo de la Sala Laboral Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, por haber presentado al mes de agosto de 2024, un avance de meta del 38%, menor al avance ideal del 64% establecido para dicho periodo. d) Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali adopte las medidas administrativas convenientes para subsanar la inconsistencia presentada en el Sistema Integrado Judicial, ya que, en la data estadística correspondiente al mes de agosto de 2024, aún no se visualiza la redistribución de expedientes dispuesta en el artículo vigesimoprimero de la Resolución Administrativa N.° 000255-2024-CE-PJ, la cual, según lo informado por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de dicha Corte Superior mediante Informe N.° 000516-2024-UPD-GAD-CSJUC-PJ, fue efectuada en el mes de agosto de 2024. Artículo sétimo. Disponer que los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación de la Oralidad Civil y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo informen a la Presidencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a diez días calendario, respecto a la pertinencia de que la Sala Laboral Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali y la Sala Laboral Permanente de la provincia y Corte Superior de Justicia de Tacna tramiten de manera permanente los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional, dentro de sus respectivas competencias territoriales. (…)”

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, Administrador civil y el Administrador del Módulo Laboral de esta Corte, realice las acciones administrativas necesarias, a fin de ejecutar lo dispuesto en el Artículo sexto de la presente Resolución Administrativa N° 000368-2024-CE-PJ, lo cual deberá informarse a esta presidencia oportunamente.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que el Administrador del Modulo Laboral y el Jefe de la Unidad de Planeamiento de esta Corte, realice las acciones necesarios para subsanar la inconsistencia presentada en el Sistema Integrado Judicial, ya que, en la data estadística correspondiente al mes de agosto de 2024, aún no se visualiza la redistribución de expedientes dispuesta en el artículo vigesimoprimero de la Resolución Administrativa N.° 000255-2024-CE-PJ, debiendo informar a esta presidencia, así también, para mejorar el bajo nivel resolutivo de la Sala Laboral Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, por haber presentado al mes de agosto de 2024, un avance de meta del 38%, menor al avance ideal del 64% establecido para dicho periodo debiendo informar a esta presidencia en el plazo de siete días.

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital en coordinación con el Administrador del Módulo Laboral y la Coordinación de Informática de esta Corte, realicen las acciones administrativas necesarias, para ampliar (turno abierto), a partir del 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, la competencia funcional de la Sala Laboral Permanente y Cerrar el turno a partir del 1 de noviembre de 2024 hasta el 31 de enero de 2025, la competencia funcional de la Sala Especializada en lo Civil y Afines de esta Corte, respecto a los expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP).

ARTÍCULO QUINTO: PONER a conocimiento la presente resolución de la presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Administración Distrital, magistrados e interesados.
Vista preliminar de documento 626-2024

626-2024

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