Resolución Administrativa N.° 639-2024-P-CSJUC-PJ

EJECUTAR LO DISPUESTO MEDIANTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°000375-2024-CE-PJ, POR LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

5 de noviembre de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 000375-2024-CE-PJ, de fecha 04 de noviembre de 2024, por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que resolvió:

“Artículo primero. Establecer, como criterios normativos, las siguientes precisiones: 1.1. Las juezas y jueces de la Investigación Preparatoria de los Módulos Penales Corporativos, ante la presentación de los requerimientos fiscales que contengan medidas restrictivas de derechos, medidas de coerción procesal, en su clasificación real y personal, elaborarán en su integridad la resolución judicial que resuelve dicho requerimiento fiscal. 1.2. Precisar que, las medidas restrictivas de derechos son las siguientes: allanamiento, aseguramiento e incautación de documentos privados, control de identidad, clausura o vigilancia de locales e inmovilización, exhibición e incautación de bienes, exhibición e incautación de actuaciones y documentos no privados, intervención de comunicaciones y telecomunicaciones, interceptación e incautación postal, intervención corporal, levantamiento de secreto bancario, levantamiento de reserva tributaria, pesquisas y video vigilancia; las medidas de coerción procesal personal son las siguientes: comparecencia, detención, detención domiciliario, impedimento de salida, internación preventiva, suspensión preventiva de derechos, prisión preventiva y vigilancia electrónica personal; y, las medidas de coerción procesal real son las siguientes: desalojo preventivo, embargo, incautación, inhibición, medidas preventivas contra personas jurídicas, pensión anticipada de alimentos y secuestro conservativo. 1.3. Precisar que, el procedimiento y las funciones a seguir de parte del personal jurisdiccional, y de apoyo a la función jurisdiccional, son las siguientes: (…) Artículo segundo. Disponer que, los criterios normativos definidos, sean de estricto cumplimiento por parte del personal jurisdiccional y de apoyo a la función jurisdiccional de los Módulos Penales Corporativos de las treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia del Perú, teniendo el carácter obligatorio. (…)”

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital en coordinación con la Administradora del Módulo Penal de esta Corte, realice las acciones administrativas necesarias, a fin de ejecutar lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000375-2024-CE-PJ, lo cual deberá informarse a esta presidencia oportunamente.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con las disposiciones emitidas en la Resolución Administrativa N° 000375-2024-CE-PJ.

ARTÍCULO CUARTO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Subgerencia de Estadística de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Administración Distrital, magistrados e interesados.
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639-2024 (1)

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