Resolución Administrativa N.° 591-2024-P-CSJUC-PJ
OFICIALIZAR EL ACUERDO DE LOS MIEMBROS DE SALA PELAN DE LA CSJ UCAYALI, EN LA SESIÓN DE FECHA 05 DE SETIEMBRE DE 2024.
18 de octubre de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: OFICIALIZAR el acuerdo arribado por los señores miembros de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, en la Sesión de fecha 05 de septiembre de 2024; en el que acordaron por MAYORÍA:
1) Se declara improcedente el Recurso de reconsideración presentado por el señor Juez Superior Titular de la CSJ Ucayali, Dr. Tullio Deifilio Bermeo Turchi, contra la Resolución Administrativa N° 000271-2024-PCSJUC-PJ, de fecha 16 de mayo del 2024.
2) Se declara improcedente la nulidad presentado por el señor Juez Superior Titular de la CSJ Ucayali, Dr. Tullio Deifilio Bermeo Turchi, contra la Resolución Administrativa N° 000271-2024-P-CSJUC-PJ, de fecha 16 de mayo del 2024, como hemos escuchado está basada en que debería aplicarse el Código Procesal Civil, que son tres días para interponer el recurso de queja, nosotros hemos resuelto teniendo en consideración la Ley de Procedimiento Administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: PONER la presente resolución en conocimiento de los señores magistrados miembros de la Sala Plena e interesados.
1) Se declara improcedente el Recurso de reconsideración presentado por el señor Juez Superior Titular de la CSJ Ucayali, Dr. Tullio Deifilio Bermeo Turchi, contra la Resolución Administrativa N° 000271-2024-PCSJUC-PJ, de fecha 16 de mayo del 2024.
2) Se declara improcedente la nulidad presentado por el señor Juez Superior Titular de la CSJ Ucayali, Dr. Tullio Deifilio Bermeo Turchi, contra la Resolución Administrativa N° 000271-2024-P-CSJUC-PJ, de fecha 16 de mayo del 2024, como hemos escuchado está basada en que debería aplicarse el Código Procesal Civil, que son tres días para interponer el recurso de queja, nosotros hemos resuelto teniendo en consideración la Ley de Procedimiento Administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: PONER la presente resolución en conocimiento de los señores magistrados miembros de la Sala Plena e interesados.