Resolución Administrativa N.° 364-2024-P-CSJUC-PJ

EJECUTAR LO DISPUESTO MEDIANTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N°000191-2024-CE-PJ, de fecha 21 de junio de 2024, POR LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL.

3 de julio de 2024

ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 000191-2024-CE-PJ, de fecha 21 de junio de 2024, por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que resolvió:
“Artículo primero. Disponer que la Subgerencia de Estadística de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, en coordinación con las áreas pertinentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, adopten las acciones necesarias acorde a su competencia, de tal manera que, en el plazo de dos meses las fuentes oficiales de información reporten la carga real de los expedientes bajo el amparo del código de procedimientos penales de 1940 a nivel nacional. Artículo segundo. Disponer que la Comisión Nacional de Implementación de Mejoras al Sistema Estadístico Judicial e Hitos en coordinación con la Subgerencia de Estadística de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, como áreas responsables de la calidad de la información en el Poder Judicial y acorde a sus competencias, informen al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones desplegadas, los resultados obtenidos y las propuestas de solución debidamente detalladas referente a la calidad de información de la carga procesal de los órganos jurisdiccionales. Artículo tercero. Establecer que las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país dicten las medidas administrativas en el marco de sus competencias, a efectos de priorizar y garantizar la mejora continua de la calidad de información en los sistemas informáticos oficiales del Poder Judicial. (…)” .

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, realice las acciones administrativas necesarias, a fin de ejecutar lo dispuesto en la presente Resolución Administrativa N° 000191-2024- CE-PJ, lo cual deberá informarse a esta presidencia oportunamente.

ARTÍCULO TERCERO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Subgerencia de Estadística de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Administración Distrital, magistrados e interesados.
Vista preliminar de documento 364-2024

364-2024

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