Resolución Administrativa N.° 351-2024-P-CSJUC-PJ
DECLARA FUNDADO EN PARTE EL RECURSO DE APELACION PRESENTADO POR EL POSTOR TRAJES FONTENLA SAC CONTRA EL OTORGAMIENTO DE BUENA PRO DEL ITEM 1DE LA ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°04-2024-CS-CSJUC
26 de junio de 2024
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar fundado en parte el recurso de apelación presentado por el postor TRAJES FONTENLA S.A.C, contra el otorgamiento de la buena pro del Ítem 1-Uniforme de caballeros de la Adjudicación Simplificada N° 04-2024-CS-CSJUC-PJ- Primera convocatoria “Adquisición de uniforme institucional para el personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Ucayali”; en consecuencia: REVOCAR el acto de otorgamiento de la buena pro, en el Ítem 1-Uniforme de caballeros de la Adjudicación Simplificada N° 04-2024-CS-CSJUC-PJ- Primera convocatoria “Adquisición de uniforme institucional para el personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Ucayali”. DISPONER que el Comité de selección otorgue el plazo de tres (3) días hábiles al postor GARCÍA DE LA CRUZ LUZ MARINA RUC: 10413420054, para que subsane los anexos 3, 6 y 8. DISPONER que en el supuesto que el postor GARCÍA DE LA CRUZ LUZ MARINA RUC: 10413420054, no cumpla con la subsanación de su oferta, el Comité de selección la declare no admitida. DISPONER al Comité de selección, luego de la subsanación o no subsanación del el postor GARCÍA DE LA CRUZ LUZ MARINA RUC: 10413420054, proceda a evaluar, establecer el orden de prelación, calificar las ofertas y otorgar la buena pro al postor que corresponda.
ARTÍCULO SEGUNDO: DEVOLVER la garantía para la presentación del recurso de apelación, de conformidad con el literal a) del numeral 132.2 del artículo 1324 del Reglamento.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, adopte las medidas necesarias a efectos que se determine las responsabilidades administrativas en que hubieren incurrido los miembros del Comité de Selección.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, realice las gestiones que correspondan para dar cumplimiento a la presente resolución
ARTÍCULO SEGUNDO: DEVOLVER la garantía para la presentación del recurso de apelación, de conformidad con el literal a) del numeral 132.2 del artículo 1324 del Reglamento.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, adopte las medidas necesarias a efectos que se determine las responsabilidades administrativas en que hubieren incurrido los miembros del Comité de Selección.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, realice las gestiones que correspondan para dar cumplimiento a la presente resolución