Resolución Administrativa N.° 706-2023-P-CSJUC-PJ
ACEPTAR la renuncia voluntaria en vía de regularización presentado por el servidor JUAN CARLOS RENGIFO CÁRDENAS, al cargo de Resguardo, Custodia y Vigilancia de Corte Superior de Justicia de Ucayali
10 de octubre de 2023
ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR la renuncia voluntaria en vía de regularización presentado por el servidor JUAN CARLOS RENGIFO CÁRDENAS, al cargo de Resguardo, Custodia y Vigilancia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, con número de plaza 019646, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057 – Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, siendo el último día de vínculo laboral el 27 de setiembre del 2023; DÁNDOSELE LAS GRACIAS por los servicios brindados en la Institución.
ARTÍCULO SEGUNDO: EXONERAR al servidor arriba citado del plazo de treinta (30) días para comunicar su renuncia a la entidad contratante, conforme lo establecido en el artículo 10° literal c) del Decreto Supremo N°003-97-TR.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que el Área de Coordinación de Recursos Humanos, ejecute las acciones correspondientes respeto de la liquidación, emisión del certificado de trabajo y demás pertinentes relacionadas con la extinción del vínculo laboral.
ARTÍCULO CUARTO: ESTABLECER que la decisión adoptada en el presente acto administrativo, no implica la exoneración de responsabilidad de alguna irregularidad detectada con posterioridad en el ejercicio de las funciones desempeñadas por el servidor Juan Carlos Rengifo Cárdenas.
ARTÍCULO QUINTO: DEJESE SIN EFECTO toda disposición contraria a la presente resolución, y PÓNGASE en conocimiento a la Coordinación de Recursos Humanos, Jefatura de la ODANC Ucayali, personal indicado e interesados, para los fines pertinentes
ARTÍCULO SEGUNDO: EXONERAR al servidor arriba citado del plazo de treinta (30) días para comunicar su renuncia a la entidad contratante, conforme lo establecido en el artículo 10° literal c) del Decreto Supremo N°003-97-TR.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que el Área de Coordinación de Recursos Humanos, ejecute las acciones correspondientes respeto de la liquidación, emisión del certificado de trabajo y demás pertinentes relacionadas con la extinción del vínculo laboral.
ARTÍCULO CUARTO: ESTABLECER que la decisión adoptada en el presente acto administrativo, no implica la exoneración de responsabilidad de alguna irregularidad detectada con posterioridad en el ejercicio de las funciones desempeñadas por el servidor Juan Carlos Rengifo Cárdenas.
ARTÍCULO QUINTO: DEJESE SIN EFECTO toda disposición contraria a la presente resolución, y PÓNGASE en conocimiento a la Coordinación de Recursos Humanos, Jefatura de la ODANC Ucayali, personal indicado e interesados, para los fines pertinentes