Resolución Administrativa N.° 503-2023-P-CSJUC-PJ

EJECUTAR lo dispuesto mediante Resolución Corrida N° 000549-2023-CE-PJ, de fecha 31 de julio de 2023, expedido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

1 de agosto de 2023

ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR lo dispuesto mediante Resolución Corrida N° 000549-2023-CE-PJ, de fecha 31 de julio de 2023, expedido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que resolvió: “(…) Primero. Disponer que los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país reiteren a los jueces, juezas y personal de los diversos órganos jurisdiccionales competentes, que cumplan con lo establecido en la Ley N.° 28970 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 008-2019-JUS y remitan, oportunamente, los documentos detallados en la Directiva N.° 018-2022-CE-PJ “Normas que regulan el Registro de Deudores Alimentarios Morosos” y el Procedimiento denominado “Inscripción o Cancelación del Deudor Alimentario Moroso en el REDAM”, aprobados mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000337- 2022-CE-PJ y 000091-2022-CE-PJ, respectivamente, a los Registros Distritales Judiciales de su jurisdicción, para su debida inscripción o cancelación en la base de datos del Registro de Deudores Alimentarios Morosos-REDAM. Segundo. Disponer que se impulse la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos-REDAM, de manera oficiosa por el órgano jurisdiccional que conoce o conoció el proceso, lo cual permitirá reducir la brecha existente entre la cantidad de inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos-REDAM, con la cantidad de expedientes en trámite o en ejecución de los procesos de alimentos y omisión a la asistencia familiar en cada distrito judicial; e incrementar considerablemente el registro de los deudores alimentaros morosos en el REDAM. (…)”

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, cumplan con lo establecido en la Ley N.° 28970 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 008-2019- JUS y remitan, oportunamente, los documentos detallados en la Directiva N. 018-2022-CE-PJ “Normas que regulan el Registro de Deudores Alimentarios Morosos” y el Procedimiento denominado “Inscripción o Cancelación del Deudor Alimentario Moroso en el REDAM”, aprobados mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000337-2022-CE-PJ y 000091-2022-CE-PJ, respectivamente, a los Registros Distritales Judiciales de su jurisdicción, para su debida inscripción o cancelación en la base de datos del Registro de Deudores Alimentarios Morosos-REDAM. Asimismo, se impulse la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos-REDAM, de manera oficiosa por el órgano jurisdiccional que conoce o conoció el proceso.

ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital en coordinación con la Coordinadora del Módulo de Familia de esta Corte, realicen las acciones necesarias a fin de que se ejecute lo dispuesto por la Resolución Corrida N° 000549-2023-CE-PJ, de fecha 31 de julio de 2023, debiendo informar a esta presidencia respecto a las acciones realizadas.

ARTÍCULO CUARTO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la OCMA, Jefatura de la ODECMA Ucayali, Gerencia de Administración Distrital, magistrados y personal judicial e interesados
Vista preliminar de documento 503-2023

503-2023

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