Resolución Administrativa N.° 448-2023-P-CSJUC-PJ
EJECUTAR lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 000107-2023-P-CE-PJ de fecha 28 de junio de 2023, por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
3 de julio de 2023
ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 000107-2023-P-CE-PJ de fecha 28 de junio de 2023, por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que resolvió: “Artículo primero. Crear el Juzgado de Paz del Centro Poblado Unión Siria, con competencia territorial en el Centro Poblado Unión Siria (sede); así como en los Caseríos Kimpirari, Alto Lorencillo Dos, Alto Siria, Bello Lorencillo Dos, Unión Sabalillo y Centro Siria; y en las Comunidades Nativas San José de Santariani y 24 de Junio; distrito de Constitución, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, Distrito Judicial de Ucayali. Artículo segundo. Disponer que por intermedio de la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, se efectúen las coordinaciones administrativas y logísticas con la Municipalidad del Centro Poblado Unión Siria, para la implementación del Juzgado de Paz creado; a fin de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia. Artículo tercero. Disponer que la Corte Superior de Justicia de Ucayali entregue el equipo mobiliario indispensable, para la prestación del servicio de administración de justicia. Artículo cuarto. Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe de la Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. (…)”
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital en coordinación con la Oficina de Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz-ODAJUP de esta Corte, realice las acciones administrativas y logísticas con la Municipalidad del Centro Poblado Unión Siria, para la implementación del Juzgado de Paz creado, a fin de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia.
ARTÍCULO TERCERO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Jefatura de la ODECMA Ucayali, Gerencia de Administración Distrital, magistrados y personal judicial
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital en coordinación con la Oficina de Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz-ODAJUP de esta Corte, realice las acciones administrativas y logísticas con la Municipalidad del Centro Poblado Unión Siria, para la implementación del Juzgado de Paz creado, a fin de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia.
ARTÍCULO TERCERO: PONER a conocimiento la presente resolución de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Jefatura de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Jefatura de la ODECMA Ucayali, Gerencia de Administración Distrital, magistrados y personal judicial