Resolución Administrativa N.° 326-2023-P-CSJU
APROBAR las Bases Estándar del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 004-2023-CSCSJUC/PJ “Servicio de Agenciamiento de Pasajes y Transporte Aéreo Local para las Provincias de Atalaya
16 de mayo de 2023
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR las Bases Estándar del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 004-2023-CSCSJUC/PJ “Servicio de Agenciamiento de Pasajes y Transporte Aéreo Local para las Provincias de Atalaya, Purús y Contamana para la Corte Superior de Justicia de Ucayali”, cuyo valor estimado asciende a la suma de S/ 66,931.34 (Sesenta y seis mil novecientos treinta y uno con 34/100 soles), de conformidad con los términos de referencia y requerimientos técnicos mínimos, descritos en el expediente de contratación.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR la realización del Proceso Nº 04-2023-CS-CSJUC/PJ “Primera Convocatoria”, “Servicio de Agenciamiento de Pasajes y Transporte Aéreo Local para las Provincias de Atalaya, Purús y Contamana para la Corte Superior de Justicia de Ucayali”.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los integrantes del COMITÉ DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI, actúen con autonomía e independencia en el marco de las disposiciones normativas establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; así como también, realicen sus funciones con probidad, eficiencia, veracidad, responsabilidad, buena fe y respeto de la Constitución y las Leyes, procurando en todo momento maximizar el valor del dinero bajo las mejores condiciones de precio y calidad.
ARTÍCULO CUARTO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ucayali y demás involucrados para los fines pertinentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR la realización del Proceso Nº 04-2023-CS-CSJUC/PJ “Primera Convocatoria”, “Servicio de Agenciamiento de Pasajes y Transporte Aéreo Local para las Provincias de Atalaya, Purús y Contamana para la Corte Superior de Justicia de Ucayali”.
ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que los integrantes del COMITÉ DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI, actúen con autonomía e independencia en el marco de las disposiciones normativas establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; así como también, realicen sus funciones con probidad, eficiencia, veracidad, responsabilidad, buena fe y respeto de la Constitución y las Leyes, procurando en todo momento maximizar el valor del dinero bajo las mejores condiciones de precio y calidad.
ARTÍCULO CUARTO: PONER la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ucayali y demás involucrados para los fines pertinentes.