Resolución Administrativa N.° 075-2023-P-CSJUC-PJ
DISPONER que el Segundo Juzgado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Ucayali, REMITA aleatoriamente 50 expedientes principales, en etapa de trámite más antiguos
24 de enero de 2023
ARTÍCULO PRIMERO: EJECUTAR lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 000041-2023-CE-PJ de fecha 23 de enero del 2023, en la que dispuso, entre otros: Artículo Vigesimoprimero.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Ucayali: a) Que el 2° Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo, redistribuya aleatoriamente hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio 50 expedientes en etapa de trámite más antiguos, que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de enero de 2023; no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. b) Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor a treinta días calendario, sobre las medidas administrativas adoptadas para mejorar el nivel resolutivo del 2° Juzgado de Trabajo del Distrito de Callería, Provincia de Coronel Portillo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el Segundo Juzgado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Ucayali, REMITA aleatoriamente 50 expedientes principales, en etapa de trámite más antiguos (que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de enero de 2023; no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución), al Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Coronel Portillo.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el Segundo Juzgado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Ucayali, REMITA aleatoriamente 50 expedientes principales, en etapa de trámite más antiguos (que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de enero de 2023; no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución), al Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Coronel Portillo.