36 meses de prisión preventiva para presunta organización criminal

Nota de prensa
Audiencia de prisión preventiva

Oficina de Imagen

21 de noviembre de 2025 - 2:52 p. m.

El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Supraprovincial de Tumbes declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva formulado por la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Tumbes y dictó mandato de prisión preventiva, por el plazo de 36 meses, contra Nick Rojas Prescott, Yony Farfán Estrada, Nick Joan Zárate Espinoza, Segundo Miguel Hernández Coronado, José David Tinedo Zapata y Jorge Luis Martínez Nunton, investigados por el presunto delito contra la tranquilidad pública, en la modalidad de organización criminal, y por el delito contra la administración pública, en la modalidad de colusión agravada, en agravio del Estado – Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Tumbes.

El órgano jurisdiccional dispuso el internamiento de los investigados Nick Rojas Prescott, Nick Joan Zárate Espinoza, Segundo Miguel Hernández Coronado y José David Tinedo Zapata en el Establecimiento Penitenciario de Puerto Pizarro o en el que disponga el INPE – Tumbes, por el mismo plazo de 36 meses, computado desde su detención efectuada el 30 de octubre de 2025 hasta el 29 de octubre de 2028, siempre que no registren otro mandato de detención vigente.

Asimismo, se ordenó la ubicación y captura de los investigados Yony Farfán Estrada y Jorge Luis Martínez Nunton, a fin de que, una vez detenidos, sean recluidos en el Establecimiento Penitenciario de Puerto Pizarro o en el que disponga el INPE – Tumbes, por el plazo de 36 meses fijado en la resolución.

En el mismo pronunciamiento, el juzgado declaró infundado el requerimiento de prisión preventiva respecto de la investigada Rosmery del Pilar Lindo Seminario, y dictó en su contra mandato de comparecencia con restricciones, imponiéndole, entre otras reglas de conducta, no ausentarse de la localidad donde reside sin autorización judicial, no viajar al extranjero, justificar sus actividades cada treinta días ante el juzgado, no comunicarse con sus coinvestigados, acudir a todos los llamados del órgano jurisdiccional o del Ministerio Público y pagar una caución económica de S/ 10 000 una vez que la decisión quede consentida y/o ejecutoriada.

El juzgado advirtió que el incumplimiento de cualquiera de estas reglas podrá motivar la imposición de una medida coercitiva más gravosa, a requerimiento del Ministerio Público, en el marco de la investigación seguida por presunta organización criminal y colusión agravada en perjuicio del Estado.