Resolución Administrativa N.° 000573-2025-P-CSJSU-PJ
R.A. N° 000573-2025-P-CSJSU-PJ
18 de junio de 2025
Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Segundo de la Resolución Administrativa N°493-2025-P-CSJSU-PJ de fecha 29 de mayo de 2025, debiendo quedar redactado de la siguiente manera:
“(…) ENCARGAR despacho del Segundo Juzgado de Familia Sub Especializado en Violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar – Ley 30364 de Sullana, en adición a sus funciones, al magistrado ANTHONY ANDREY RAMÍREZ MACALUPU, Juez (S) del Primer Juzgado de Familia de Sullana a partir del día 19 de junio al 22 de junio de 2025 y por los días 24 y 25 de junio del 2025, por motivo de la licencia concedida a la magistrada Cinthia Pamela Imán de la Cruz, por dichos días. Y ENCARGAR el despacho del Segundo Juzgado de Familia Sub Especializado en Violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar – Ley 30364 de Sullana, en adición a sus funciones a la magistrada Ana Libia Jiménez Pineda, Jueza (P) del Primer Juzgado Civil de Sullana, por el día 23 de junio del 2025, por motivo de encontrarse de vacaciones la magistrada Cinthia Pamela Imán de la Cruz, en dicho día (…)”. Manteniéndose lo demás que contiene dicho acto administrativo.
“(…) ENCARGAR despacho del Segundo Juzgado de Familia Sub Especializado en Violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar – Ley 30364 de Sullana, en adición a sus funciones, al magistrado ANTHONY ANDREY RAMÍREZ MACALUPU, Juez (S) del Primer Juzgado de Familia de Sullana a partir del día 19 de junio al 22 de junio de 2025 y por los días 24 y 25 de junio del 2025, por motivo de la licencia concedida a la magistrada Cinthia Pamela Imán de la Cruz, por dichos días. Y ENCARGAR el despacho del Segundo Juzgado de Familia Sub Especializado en Violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar – Ley 30364 de Sullana, en adición a sus funciones a la magistrada Ana Libia Jiménez Pineda, Jueza (P) del Primer Juzgado Civil de Sullana, por el día 23 de junio del 2025, por motivo de encontrarse de vacaciones la magistrada Cinthia Pamela Imán de la Cruz, en dicho día (…)”. Manteniéndose lo demás que contiene dicho acto administrativo.