Corte Superior de Lima Sur condena e inhabilita a policía por cobrar dinero a investigado

Nota de prensa
- Efectivo policial fue intervenido en flagrancia cobrando ilícitamente 200 soles a un ciudadano que investigaba.
Corte Superior de Lima Sur condena e inhabilita a policía por cobrar dinero a investigado

17 de febrero de 2025 - 1:01 p. m.

En un proceso inmediato, la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a través del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chorrillos, condenó a Julio Holgado Gavancho, S3 PNP, a 5 años de pena privativa de la libertad, suspendida por un periodo de prueba de 3 años, por el delito de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial, en agravio del Estado; además fijó el pago de S/. 10,000.00 (Diez mil soles) por concepto de reparación civil que deberá pagar el sentenciado.
El juez a cargo, Moisés Guillermo Tacilla Arias, motivó la condena por la intervención en flagrancia del efectivo policial que, indebidamente solicitó una dádiva de 200 soles al ciudadano que investigaba. El pedido del dinero se produjo durante su servicio policial en la sección de Delitos y Faltas de la SEINCRI PNP – Comisaría de Villa El Salvador.
Asimismo, se le impuso al condenado una pena de inhabilitación por 5 años, privándolo de la función policial que ejercía en la Policía Nacional del Perú. Esta inhabilitación incluye la privación de cargo o comisión, incapacidad para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público, y la privación de grados, títulos policiales u otras distinciones relacionadas con su cargo.
El policía sentenciado pidió que el dinero se le entregue en efectivo y a través de Yape, utilizando a un familiar para recibir la transferencia. Además, hizo que el denunciante se comunique con sus familiares para conseguir el dinero, abriendo indebidamente el sobre que contenía el celular incautado, alterando la cadena de custodia y omitiendo sus funciones al no comunicar al Ministerio Público sobre la detención del investigado.
La intervención de Julio Holgado Gavancho fue en flagrancia, con indicios razonables que permitieron determinar su responsabilidad en el hecho denunciado.
Villa María del Triunfo, 12 de febrero de 2025.