Primer Juzgado de Paz Letrado de Lima Norte utiliza intérprete en lengua de señas durante juicio por alimentos

Nota de prensa
Jueza titular Janideth Cárdenas resuelve con celeridad caso que involucra a dos personas con discapacidad auditiva

Oficina de Imagen y Comunicaciones de la CSJ Lima Norte

17 de octubre de 2022 - 12:30 p. m.

La Corte Superior de Justicia de Lima Norte a través del Primer Juzgado de Paz letrado del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, a cargo de la jueza titular Janideth Victoria Cárdenas Portugal, resolvió con celeridad un proceso por alimentos entre dos personas con discapacidad auditiva, quienes fueron asistidas con una intérprete en lengua de señas.

Tras los actos procesales realizado durante la audiencia, la magistrada aprobó el acuerdo de conciliación suscrito por la demandante y el demandando, a la que fueron invocados en mérito a lo previsto en el art. 171 del Código de Los Niños y Adolescentes.

En ese sentido, la jueza dispuso la conclusión del proceso, así como la inmediata remisión del oficio de apertura de cuenta alimenticia en favor de la demandante en el Banco de la Nación, para el pago y cobro de la pensión alimenticia.

La audiencia única se desarrolló en la modalidad presencial por considerarse necesaria ante la situación excepcional del caso.

ACCESO A LA JUSTICIA

La CSJ Lima Norte está comprometida con eliminar barreras de acceso a la justicia, por lo que dispuso la asistencia de una intérprete en mérito a lo dispuesto por este órgano jurisdiccional, a fin de lograr una adecuada comunicación con las partes en el acto de audiencia a efectos de materializar el principio de inmediación.

De esta manera, con el apoyo de la intérprete, Ena Milagros Espinoza Malpartida, ambas partes llegaron a un acuerdo conciliatorio sobre la pretensión de alimentos demandada.

Asimismo, la magistrada a través de Espinoza Malpartida, comunicó que, ante el caso de incumplimiento del acuerdo arribado, el demandado será inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), y, además podrá ser denunciado por el delito de omisión a la asistencia familiar.

Según el acuerdo, la parte demandada deberá pagar una pensión de alimentos de S/ 700 a favor de su menor hija de 9 años de edad.

Con estas medidas, este órgano jurisdiccional logra una real tutela jurisdiccional efectiva a favor de las personas en estado de vulnerabilidad.

Lima Norte, 17 de octubre del 2022