Corte de Lima Norte dicta ocho años de cárcel para acusado por minería ilegal en Lomas de Carabayllo

Nota de prensa
También ordena pago de reparación civil de S/. 525. 600 y dispone impedimento de salida del país contra Neri Cobeñas.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional CSJ Lima Norte

31 de enero de 2022 - 4:20 p. m.

El Segundo Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Estaños, perteneciente a la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, impuso ocho años de pena privativa de la libertad para Neri Cobeñas Anastacio (60) por delito de minería ilegal en agravio del Estado.

Según la imputación, Neri Cobeñas extrajo 123 m3 diarios de material mineral no metálico, sin la correspondiente autorización, por un volumen total de 52 mil 560 metros cúbicos del material citado, el mismo que causó una alteración del ecosistema denominado “Lomas de Carabayllo”.

En tanto, el colegiado de Lima Norte ordenó el pago de reparación civil que deberá abonar el sentenciado en la cantidad de S/. 525, 600 (QUINIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS SOLES) a favor del Estado.

Asimismo, se dispuso que, del monto de la reparación civil mencionado se distribuirá en la cantidad de S/. 150, 000 a favor de SERFOR, mientras que, la diferencia será destinada para la Procuraduría Pública del Ministerio del Medio Ambiente.

Según las investigaciones, el pasado 4 de marzo de 2018, los efectivos policiales de la comisaria de Carabayllo intervinieron al sentenciado Cobeñas Anastacio cuando se encontraba realizando actividades de extracción en el Área de Conservación Regional.

Los agentes policiales también encontraron maquinaria pesada utilizada en la extracción y movimiento de tierras, mientras que, el sentenciado al momento de la intervención realizaba la técnica del ‘zarandeo’ del material mineral referido para posterior selección o procesamiento.

El Ministerio Público, en su argumentación determinó que, en el lugar de extracción minera se encuentran
comprendidos dentro del ecosistema frágil “Lomas de Carabayllo” reconocido por INGEMMET, por lo que es una zona restringida para la actividad minera.

El fallo de las magistradas del referido colegiado, Elvia Canorio Pariona (presidenta), Zenaida Vilca Malpica (integrante) y Ruth Ana Yalta Grández (directora de debates), estableció que la comisión de los referidos delitos significó “Un impacto negativo en el ambiente físico en su componente suelo y aire, siendo una afectación del ecosistema frágil Lomas de Carabayllo”.

Tales ilícitos están previstos y sancionados en el artículo 307-A del Código Penal que señala quien realice actividad de exploración, extracción, explotación u otro acto similar de recursos minerales metálicos y no metálicos sin contar con la autorización de la entidad administrativa competente que cause o pueda causar perjuicio, alteración o daño al ambiente y sus componentes, la calidad ambiental o la salud ambiental, así como el tipo penal que agrava la conducta del acusado en el art. 307-B del ordenamiento jurídico penal.

Además, ordena el impedimento de salida del país contra Neri Cobeñas, quien se conectó a través del aplicativo Google Meet a la audiencia de lectura integra de sentencia, donde manifestó que apelará el dictamen.

Las juezas del tribunal de Lima Norte reafirman su compromiso con sancionar severamente y de acuerdo a Ley, estos delitos que causan daño a nuestro ecosistema y medio ambiente.

Lima Norte, 31 de enero de 2022