Resolución Administrativa N.° 000405-2025-P-CSJLI-PJ

5 de junio de 2025

c redistribuyan aleatoriamente hacia el Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio de Barranco y Miraflores, como máximo 150 y 300 expedientes físicos, en etapa de trámite de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT con AFP), que no se encuentren expeditos para sentenciar o resolver, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de calificación y ejecución, así como, aquellos que tengan audiencias programadas hasta el 30 de junio de 2025.
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RESOLUCION ADMINISTRATIVA-000405-2025-P-CSJLI

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