Declaro Improcedente la ejecución de la sentencia del tribunal Constitucional.
Nota InformativaPrimer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica

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1 de diciembre de 2023 - 3:57 p. m.
Resolución precisa que el Órgano Jurisdiccional, carece de competencia conforme al último párrafo del artículo 27° del NCPC.
El magistrado Fernando Vicente Fernández Tapia, juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, mediante resolución N° 07, resolvió declarar improcedente, la ejecución de la sentencia del pleno N° 78/2022 de fecha 17 de marzo del 2022, concretamente la libertad del favorecido Alberto Fujimori Fujimori, por no haber sido estimada la demanda de hábeas corpus en el citado órgano jurisdiccional.
Asimismo, en la parte resolutiva señala que, el Órgano Jurisdiccional (Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica), carece de competencia conforme al último párrafo del artículo 27° del NCPC, en consecuencia, dispone que, se devuelvan todos los actuados al Tribunal Constitucional con la debida nota de atención, para que se proceda conforme a ley en cuanto a la ejecución de la sentencia estimatoria emitida en el proceso de hábeas corpus.
Como fundamento señala que, lo expresado no constituye una negativa por parte del Órgano Jurisdiccional al respetar lo ya resuelto por el Tribunal Constitucional en última y definitiva instancia, sino que, resalta lo que la Ley Procesal Constitucional, de forma clara y expresa establece, que, en los procesos de hábeas corpus las sentencias estimatorias las ejecuta el juez o la sala que la expidió, sin necesidad de remitir los actuados al juzgado de origen.