Dicta nueve meses de prisión preventiva a investigada por presunta trata de personas.
Nota Informativaueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de Marcona - Nasca;

Fotos: Oficina de Imagen
27 de noviembre de 2023 - 12:48 p. m.
Medida cautelar tiene como fin asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso penal.
La magistrada Lucy Juliana Castro Chacaltana, Jueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de Marcona, dictó 09 meses de prisión preventiva contra Gladys María Aquije Gamero, por la presunta comisión del delito contra la dignidad humana en la modalidad de Trata de Personas en agravio de la ciudadana de iniciales L.M.Q.L.
La citada medida cautelar fue dictada en audiencia de prisión preventiva, llevada a cabo mediante la plataforma virtual “Google Meet”, luego que la magistrada escuchara y evaluara los fundamentos de la representante del Ministerio Público y de la defensa técnica de la imputada, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal, Casación N°626-2013-Moquegua y Acuerdo Plenario N° 01-2019-CIJ-PJ.
Conforme al requerimiento fiscal, se atribuye a la imputada Aquije Gamero, haberse contactado con la víctima, y con el engaño de ofrecerle un trabajo como mesera en un restaurant del distrito de Marcona, le pago todos los gastos de traslado y alimentación desde la ciudad del Cusco, hasta el referido distrito, llegando la agraviada en horas de la madrugada al Asentamiento Humano Rutas del Sol – Marcona, el 13 de noviembre del año en curso.
Al día siguiente, la investigada le indica que el trabajo no era de moza, sino para acompañar a varones en el bar y vender cerveza, amenazándola que no podía salir de la vivienda sin autorización. En horas de la tarde, luego de haber sido obligada a atender a los clientes, uno de ellos intento propasarse con ella, solicitándole un servicio sexual, lo cual se negó y se retiró llorando a su cuarto, hecho que molesto mucho a la investigada.
Al día siguiente, la investigada nuevamente le indica a la víctima, que tenía que trabajar, al negarse esta, la investigada la amenazó con enviarla a trabajar a puerto de Lomas; sin embargo, aprovechando que la investigada viajó a Nasca, la víctima pudo escapar y realizar la denuncia correspondiente ante la Comisaria del distrito, por lo que, personal policial intervinieron el bar, realizando las investigaciones correspondientes.
Cabe precisar que, la conducta atribuida, se encuentra prevista y sancionada en el art. 129-A del Código Penal: “El que mediante violencia, amenaza u otras formas de coacción, privación de la libertad, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o de cualquier beneficio, capta, transporta, traslada, acoge, recibe o retiene a otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país con fines de explotación, es reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años"
La citada resolución, también dispone el inmediato internamiento de la imputada Gladys María Aquije Gamero en el Establecimiento Penal que el INPE designe, a fin de cumplir la medida impuesta, la misma que vencerá el 13 de agosto del 2024.