Dicta nueve meses de prisión preventiva por el delito de proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales.
Nota InformativaCorte Superior de Justicia de Ica

Fotos: Oficina de Imagen
2 de junio de 2023 - 4:07 p. m.
Medida cautelar tiene como fin asegurar el normal desarrollo y resultado del proceso penal.
El Juez de Investigación Preparatoria de Turno del Módulo Penal de Ica, doctor Elmer Rojas Apaza, dictó 09 meses de prisión preventiva contra César Vicente Alejandro Mantari Intimayta, por la presunta comisión del delito de Proposiciones a Niños, Niñas y Adolescentes con fines sexuales, en agravio de la menor de iniciales J.D.V.CH.
La citada medida cautelar fue dictada en audiencia de prisión preventiva, llevada a cabo mediante la plataforma virtual “Google Meet”, luego que el magistrado escuchara y evaluara los fundamentos del representante del Ministerio Público y de la defensa técnica del imputado, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal, Casación N°626-2013-Moquegua y Acuerdo Plenario N° 01-2019-CIJ-PJ.
Conforme al requerimiento fiscal, se atribuye al imputado Mantari Intimayta haberse contactado con la menor agraviada (13 años) vía Messenger, a quien le propuso mantener relaciones sexuales a cambio de la suma de S/.200 soles, hecho que la menor de iniciales J.D.V.CH comunico inmediatamente a su padre, quien haciéndose pasar por su hija acepto el encuentro sexual, citándose en el parque del Amor, ubicado en la calle Guatemala de esta ciudad, para el día 29 de mayo a las 17.00 horas.
En la fecha y hora pactada llega la menor al parque del Amor, mientras que su padre apostado cerca del lugar observaba y mantenía contacto con esta a través del celular, y al cabo de unos minutos, llega el imputado en una camioneta blanca, y luego de hacer contacto con la víctima, la lleva con dirección donde estaba estacionada la camioneta, y en momentos que la menor subía al vehículo, el padre se acerca a increpar lo sucedido, produciéndose una riña, lo que motivó la intervención de la PNP y la intervención del imputado quien fue conducido a la Comisaria de Ica.
Cabe precisar que, la conducta atribuida, se encuentra prevista y sancionada en el art. 183-b del Código Penal: “El que contacta con un menor de catorce años para solicitar u obtener de él material pornográfico o para proponerles llevar a cabo cualquier acto de connotación sexual con él o con tercero será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de nueve años"
La citada resolución, también dispone el inmediato internamiento del imputado Cesar Mantarí Intimayta en el Establecimiento Penal que el INPE designe, a fin de cumplir la medida impuesta, la misma que vencerá el 28 de febrero del del 2024.