Confirma 02 Sentencias De Cadena Perpetua Por El Delito De Violación Sexual A Menores
Nota InformativaPrimera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de Ica.

Fotos: Oficina de Imagen
28 de setiembre de 2022 - 12:39 p. m.
Colegiado corroboró que se encuentra acreditado el delito y la responsabilidad penal de los sentenciados Wilmer Benjamín Rosas García y Diomedes Taípe Torres.
En audiencia privada de apelación de sentencia, realizada el 27 de setiembre del año en curso, la Primera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Ica, confirmó 02 sentencias que, fallan condenando a Wilmer Benjamín Rosas García y Diomedes Taípe Torres como autores y responsables por el delito contra la Libertad – Violación de la Libertad Sexual – en su modalidad de violación sexual de menor de edad en agravio de las menores de iniciales L.A.M.A y M.D.C.J.R, respectivamente, a la pena de cadena perpetua.
Así, el Superior Colegiado conformado por los señores magistrados Osmar Albújar De La Roca (presidente), Segundo Florencio Jara Peña y Orlando Carbajal Rivas, desestimaron los recursos de apelación presentada por la defensa legal de los sentenciados, que pretendía revocar la sentencia emitida por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur – Ica.
El Colegiado, con las pruebas aportadas establecieron que en el proceso N° 0053-2020-4-1401-JR-PE-01, el sentenciado Wilmer Benjamín Rosas García, abusó sexualmente de la menor de iniciales L.A.M.A, en una de las aulas del Colegio Sebastián Barranca del distrito de Santiago, aprovechando el grado de confianza que le unía con esta y su señora madre, con quien además tenía una relación sentimental, hechos ocurridos el 31 de diciembre del 2019, cuando la menor tenía 07 años de edad.
Mientras que, el proceso N°00478-2021-54-1401-JR-PE-03, determinó que el sentenciado Diomedes Taípe Torres, abusó sexualmente en reiteradas oportunidades de la menor de iniciales M.D.C.J.R (13 años) en contra su voluntad, aprovechando que la menor se encontraba sola en su domicilio, ya que su señora madre salía a trabajar, hechos ocurridos desde el año 2020 hasta el 19 de febrero del 2021, fecha en que fue descubierto por la madre de la víctima cuando escapaba de su domicilio ubicado en el CC.PP. Villa Rotary – Salas Guadalupe.
Cabe indicar que, el delito de violación sexual de menor se encuentra tipificado en el artículo 173° del Código Penal, vigente en la fecha que sucedieron los hechos, delito que es reprimido con cadena perpetua.
De esta forma, la Corte Superior de Justicia de Ica, busca reprimir y erradicar la violencia sexual a través de sus órganos jurisdiccionales, sentenciado severamente a los ciudadanos que actúan al margen de ley.
Ica, 28 de setiembre 2022
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Ica