Órganos de Emergencia atenderán durante Vacaciones Judiciales
Nota de prensaPoder Judicial garantiza servicio de administración de justicia en febrero

30 de enero de 2025 - 5:39 p. m.
Sin afectar el servicio de impartición de justicia, desde el 1 de febrero al 2 de marzo se desarrollará las vacaciones judiciales del presente año; todo se encuentra listo para que los jueces y auxiliares jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Huánuco gocen de sus vacaciones al igual que en todas las sedes judiciales a nivel nacional.
Dando cumplimento a la Resolución Administrativa N° 390-2024-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, Dr. Alberto Berger Vigueras dispuso que durante el mes de vacaciones funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia; estos órganos de administración de justicia seguirán conociendo los procesos a su cargo y atenderán las materias de los Juzgados y Salas que saldrán de vacaciones. Atendiéndose las siguientes materias:
Penal: Hábeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámites de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones.
Civil: Acciones de garantías y medidas cautelares fuera de proceso. Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viajes de menores, violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; y casos de aplicación del Convenio de La Haya de 1980 “Sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores” y la “Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores”.
Laboral: Consignaciones laborales; y así como, todas aquellas solicitudes que los jueces y juezas de acuerdo a su facultad discrecional, consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativa, Constitucional y Previsional, u otras peticiones que estimen pertinentes.
Asimismo el titular de la Corte enfatizó que los órganos jurisdiccionales de emergencia adoptarán las medidas necesarias para evitar perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del periodo vacacional.
Huánuco, 30 de enero de 2025
Dando cumplimento a la Resolución Administrativa N° 390-2024-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, Dr. Alberto Berger Vigueras dispuso que durante el mes de vacaciones funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia; estos órganos de administración de justicia seguirán conociendo los procesos a su cargo y atenderán las materias de los Juzgados y Salas que saldrán de vacaciones. Atendiéndose las siguientes materias:
Penal: Hábeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámites de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones.
Civil: Acciones de garantías y medidas cautelares fuera de proceso. Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viajes de menores, violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; y casos de aplicación del Convenio de La Haya de 1980 “Sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores” y la “Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores”.
Laboral: Consignaciones laborales; y así como, todas aquellas solicitudes que los jueces y juezas de acuerdo a su facultad discrecional, consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativa, Constitucional y Previsional, u otras peticiones que estimen pertinentes.
Asimismo el titular de la Corte enfatizó que los órganos jurisdiccionales de emergencia adoptarán las medidas necesarias para evitar perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del periodo vacacional.
Huánuco, 30 de enero de 2025