Corte Superior del Callao y Sistema Nacional Especializado de Justicia SNEJ sensibilizan a efectivos policiales sobre enfoque de género

Nota de prensa
● Para garantizar una atención empática y respetuosa de las personas del colectivo LGBTIQIA+ cuando son víctimas de violencia
Corte Superior del Callao y Sistema Nacional Especializado de Justicia SNEJ sensibilizan a efectivos policiales sobre enfoque de género
Corte Superior del Callao y SNEJ sensibilizan a efectivos policiales sobre enfoque de género
Efectivos policiales del Callao fueron sensibilizados para mejorar la atención de personas LGBTIQ+ cuando presentan denuncias por violencia de género

Fotos: Órgano de Imagen Institucional

Órgano de Imagen Institucional

26 de junio de 2024 - 5:07 p. m.

La Corte Superior de Justicia del Callao que preside la jueza superior Teresa Soto Gordon y el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar (SNEJ) reforzaron conocimientos y sensibilizaron a personal de la Región Policial Callao sobre el “Enfoque de Género para la atención de personas LGBTIQIA+“.
Al dar la bienvenida, la magistrada y representante alterna de la Corte Superior del Callao ante el SNEJ, Iveth Vera Guzmán, en representación de la Presidencia de la Corte, resaltó que esta jornada académica tuvo como objetivo capacitar a la Policía Nacional en el trato empático y respetuoso de personas LGBTIQIA+“, cuando son víctimas de violencia.
Se trata de reconocer la importancia y entender a las diversas identidades de género cuando han experimentado la violencia de género y buscan ayuda. Con este taller se alcanzará las habilidades necesarias para mejorar su atención en el cumplimiento de las labores diarias”, finalizó la jueza Iveth Vera.
En esta actividad, el abogado Richard Romero Vivanco, Comisionado de la Oficina Defensorial del Callao, explicó los diferentes conceptos, estereotipos de género, discriminación, derechos y enfoque de género de las personas LGBTIQIA+.
Sostuvo que la orientación sexual y la identidad de género son motivos prohibidos de discriminación a nivel constitucional legal y administrativo, debido a que constituye una afectación a la dignidad y a los derechos fundamentales de quienes son víctimas.
Señaló que todo acto de discriminación por orientación sexual e identidad de género es un delito tipificado en el artículo 323° del Código Penal. La pena privativa de libertad es no menor de dos ni mayor de tres años, o con prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas.
El funcionario manifestó que falta implementar un registro de denuncias e investigaciones fiscales sobre delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, y discriminación en agravio de personas LGBTIQ+ en todas las Fiscalías del país. Las que tienen este sistema, no cuentan con protocolos para su implementación.