Juez Supremo Carlos Calderón Puertas dictó conferencia magistral sobre lucro cesante en la Corte Superior del Callao
Nota Informativa• Evento académico realizado por 11° aniversario del Módulo NLPT.


Fotos: Órgano de Imagen Institucional
3 de octubre de 2023 - 7:01 p. m.
Jueces y servidores jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Callao recibieron una capacitación especializada del juez supremo Carlos Calderón Puertas quien dictó la conferencia magistral “Lucro cesante en la indemnización laboral”, actividad académica realizada por el 11° aniversario del Módulo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.
Al inaugurar el evento, el presidente encargado de la Corte Superior del Callao, Enrique Ramal Barrenechea, manifestó que la finalidad de las actividades de capacitación permite fortalecer los conocimientos y habilidades jurídicas. Además, señaló que “como operadores de justicia debemos estar actualizándonos de manera permanente para tomar decisiones efectivas que coadyuven a una mejor administración de justicia. Los justiciables serán los más beneficiados con nuestras decisiones”.
En tanto, el juez supremo Carlos Calderón explicó que de acuerdo al concepto de Fernando de Trazegnies Granda, el lucro cesante no es el ingreso bruto dejado de percibir sino la ganancia frustrada; y si bien el daño impide que se produzca el ingreso, también es verdad que en muchos casos -no siempre, por lo que cada caso debe ser estudiado en particular- esto conlleva igualmente que ciertos gastos no se tengan que realizar. Por tanto, es el ingreso bruto frustrado menos los gastos que no ha sido necesario realizar.
También mencionó la definición de la Corte Suprema, manifestando que el lucro cesante hace referencia al lucro, al dinero, a la ganancia, a la renta que una persona deja de percibir como consecuencia del perjuicio o daño que se le ha causado. Si una persona no hubiera sufrido de un daño o perjuicio, se hubiera seguido lucrando sin problemas, lucro que se pierde, que cesa por la culpa del daño o del perjuicio, y por supuesto que el responsable será quien causó el daño y el perjuicio, y en algunos casos tendrá que indemnizar a la víctima del daño o perjuicio
Citó a otros autores, también detalló la cuantificación del lucro cesante en el caso de remuneraciones por despido y otros aspectos afines al tema.
El magistrado Diego Bojórquez Cruz formuló una pregunta en calidad de panelista.
Al inaugurar el evento, el presidente encargado de la Corte Superior del Callao, Enrique Ramal Barrenechea, manifestó que la finalidad de las actividades de capacitación permite fortalecer los conocimientos y habilidades jurídicas. Además, señaló que “como operadores de justicia debemos estar actualizándonos de manera permanente para tomar decisiones efectivas que coadyuven a una mejor administración de justicia. Los justiciables serán los más beneficiados con nuestras decisiones”.
En tanto, el juez supremo Carlos Calderón explicó que de acuerdo al concepto de Fernando de Trazegnies Granda, el lucro cesante no es el ingreso bruto dejado de percibir sino la ganancia frustrada; y si bien el daño impide que se produzca el ingreso, también es verdad que en muchos casos -no siempre, por lo que cada caso debe ser estudiado en particular- esto conlleva igualmente que ciertos gastos no se tengan que realizar. Por tanto, es el ingreso bruto frustrado menos los gastos que no ha sido necesario realizar.
También mencionó la definición de la Corte Suprema, manifestando que el lucro cesante hace referencia al lucro, al dinero, a la ganancia, a la renta que una persona deja de percibir como consecuencia del perjuicio o daño que se le ha causado. Si una persona no hubiera sufrido de un daño o perjuicio, se hubiera seguido lucrando sin problemas, lucro que se pierde, que cesa por la culpa del daño o del perjuicio, y por supuesto que el responsable será quien causó el daño y el perjuicio, y en algunos casos tendrá que indemnizar a la víctima del daño o perjuicio
Citó a otros autores, también detalló la cuantificación del lucro cesante en el caso de remuneraciones por despido y otros aspectos afines al tema.
El magistrado Diego Bojórquez Cruz formuló una pregunta en calidad de panelista.