Módulo del Nuevo Código Procesal Penal del Callao realizó conferencia sobre Beneficios Penitenciarios

Nota Informativa
•Tuvo como expositor al fiscal provincial en Tráfico Ilícito de Drogas del Callao, Erwin Ary Rojas Trujillo.
Módulo del Nuevo Código Procesal Penal del Callao realizó conferencia sobre Beneficios Penitenciarios
Fiscal provincial en Tráfico Ilícito de Drogas del Callao, Erwin Ary Rojas Trujillo, dictó conferencia sobre "beneficios penitenciarios" en la Corte Superior del Callao
Fiscal provincial en Tráfico Ilícito de Drogas del Callao, Erwin Ary Rojas Trujillo, dictó conferencia sobre "beneficios penitenciarios" en la Corte del Callao

Fotos: Órgano de Imagen Institucional

Órgano de Imagen Institucional

17 de agosto de 2023 - 7:01 p. m.

Jornada de Capacitación. Jueces y auxiliares jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Callao motivados por la capacitación continua y el fortalecimiento de capacidades participaron en la conferencia ”Beneficios Penitenciarios” que organizó la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de esta entidad judicial.
El magistrado Erwin Ary Rojas Trujillo, fiscal provincial titular en Tráfico Ilícito de Drogas del Callao, explicó que los beneficios penitenciarios son incentivos o estímulos que forman parte del tratamiento progresivo que se otorgan a los reclusos en sistemas penitenciarios como parte de su proceso de rehabilitación y reintegración. Estos beneficios se ofrecen para motivar el buen comportamiento, la participación en programas de reeducación y la preparación para la liberación exitosa.
Rojas Trujillo citó algunos beneficios que mejoran las condiciones de vida del interno. Es el caso del permiso de salida, la visita íntima y un conjunto de recompensas que se conceden al interno, como la autorización para trabajar horas extras, desarrollar labores auxiliares, visitas especiales, entre otros beneficios.
Dijo que el permiso de salida solo puede ser concedido hasta un máximo de 72 horas, en los siguientes casos: enfermedad grave (certificación médica oficial) o muerte del cónyuge o concubino, padres, hijos o hermanos del interno; el nacimiento de hijos del interno; realizar gestiones para la obtención de trabajo (a la proximidad de su liberación).
El permiso será concedido por el director del establecimiento penitenciario, dando cuenta al representante del Ministerio Público, y en su caso al juez que conoce del proceso y adoptará las medida necesarias.
DATO:
La próxima conferencia se dasarrollará el 22 de agosto y estará a cargo del juez superior Miguel Ricardo Castañeda Moya, presidente de la Primera Sala Penal de Apelaciones del Callao. Tema : “Análisis de la Sentencia de la Casación n.° 760-2016”.