Comisión Secigra Derecho de la Corte del Callao realizó conferencia sobre postulación al proceso
Nota Informativa•El magistrado Juan Campos Flores, Juez del Segundo Juzgado de Familia del Callao, fue el ponente de esta actividad académica.

Fotos: Órgano de Imagen Institucional
6 de junio de 2023 - 4:23 p. m.
El programa Secigra Derecho 2023 de la Corte Superior de Justicia del Callao continuó con la capacitación a medio centenar de secigristas sobre la “Postulación al Proceso”.
Al inaugurar el evento académico, la presidenta de la Comisión Secigra Derecho 2023, la jueza superior Rocío Pilar Mendoza Caballero, resaltó que este tema es muy importante para elaborar una demanda.
En tanto, el magistrado Juan Campos Flores, Juez del Segundo Juzgado de Familia del Callao, explicó que existen cuatro cuestiones previas: El derecho de acción. El derecho de acción, e sun derecho público, subjetivo,autónomo y abstracto, por el cual todo sujeto de rerecho puede acudir al órgano jurisdiccional en busca de tutela jurisdiccional efectiva. La Pretensión: Es la manifestación de voluntad de una parte(activa), por la que busca satisfacer un interes, vulnerado por optro, a través de un órgano jurisdiccional, al haber transformado su pretensión material en pretensipon procesal. La Contradicción: Es un derecho público, subjetivo, abstracto y autónomo, que tiene el agente pasivo de la relación procesal válida, de acudir al Juez para ser oído por esta autoridad y proponer las defensas que le convienen o reconocer o allanarse a la pretensión del agente activo.La Oposición: Es la declaración de voluntad del demandado a través del cual ejercita su derecho de contradicción, formulada ante el órgano jurisdiccional.
El evento se llevó a cabo en el auditorio “Miguel Grau Seminario” de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia del Callao
Al inaugurar el evento académico, la presidenta de la Comisión Secigra Derecho 2023, la jueza superior Rocío Pilar Mendoza Caballero, resaltó que este tema es muy importante para elaborar una demanda.
En tanto, el magistrado Juan Campos Flores, Juez del Segundo Juzgado de Familia del Callao, explicó que existen cuatro cuestiones previas: El derecho de acción. El derecho de acción, e sun derecho público, subjetivo,autónomo y abstracto, por el cual todo sujeto de rerecho puede acudir al órgano jurisdiccional en busca de tutela jurisdiccional efectiva. La Pretensión: Es la manifestación de voluntad de una parte(activa), por la que busca satisfacer un interes, vulnerado por optro, a través de un órgano jurisdiccional, al haber transformado su pretensión material en pretensipon procesal. La Contradicción: Es un derecho público, subjetivo, abstracto y autónomo, que tiene el agente pasivo de la relación procesal válida, de acudir al Juez para ser oído por esta autoridad y proponer las defensas que le convienen o reconocer o allanarse a la pretensión del agente activo.La Oposición: Es la declaración de voluntad del demandado a través del cual ejercita su derecho de contradicción, formulada ante el órgano jurisdiccional.
El evento se llevó a cabo en el auditorio “Miguel Grau Seminario” de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia del Callao