Magistrada Silvia Sánchez disertó sobre la condena del absuelto en el proceso penal peruano
Nota de prensaTema fue abordado desde la normativa convencional, constitucional y legal.



23 de noviembre de 2022 - 8:15 a. m.
La doctora Silvia Violeta Sánchez Egúsquiza, presidenta de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Áncash (CSJAN), ayer, dio la videoconferencia “La condena del absuelto en el proceso penal peruano. Análisis de la normativa convencional, constitucional y legal”, actividad que fue organizada por la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) – Áncash, a cargo del doctor Raúl Serafín Rodríguez Soto.
La magistrada en su disertación puntualizó que “la razón principal por la que se optó por incorporar la condena del absuelto en segunda instancia se debió a la dilación indebida de los procesos penales por las sucesivas nulidades de las sentencias absolutorias, ello pese a que más de las veces los colegiados de las salas superiores están convencidos de la culpabilidad de los procesados”.
Detalló que la línea jurisprudencial de la Corte Suprema en relación a la condena del absuelto no ha sido uniforme.
“La primera línea jurisprudencial de la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha dejado establecido que no es posible condenar a un absuelto, sin que exista la posibilidad de interponer un recurso eficaz que permita una revisión amplia de los motivos de la condena, tal como lo exige la Convención Americana de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos”, remarcó.
Precisó que legislativamente se ha establecido que cuando una sala superior de apelaciones revoque una sentencia absolutoria y condene al procesado, las partes podrán interponer el recurso de apelación que será de conocimiento de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República.
“Es obligatoria la presencia del condenado absuelto en la audiencia de apelación, puesto que cabe la posibilidad de que se le condene”, subrayó la magistrada.
La doctora Sánchez Egúsquiza enfatizó que la modificatoria del Decreto Legislativo N° 957, en lo concerniente a este tema, “busca obtener pronunciamientos oportunos por parte del sistema de administración de justicia y por ende mejorar la percepción de parte de la sociedad”.
Al término del evento, el doctor Rodríguez Soto, agradeció a la expositora por su disertación, al tiempo de hacerle entrega de su certificado virtual.