Resolución Administrativa N.° 000988-2025-P-CSJAN-PJ
19 de junio de 2025
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar fundada en parte la solicitud presentada por el servidor Kelvin Lussac Vidal Jara mediante el formulario único de trámites administrativos del Poder Judicial del once de junio del dos mil veinticinco; en consecuencia, se declara procedente el descanso vacacional a favor del citado servidor del uno al quince de julio del año en curso; e improcedente la petición del pago por el periodo vacacional restante, el cual deberá hacerse efectivo dentro del año siguiente de haberse alcanzado el derecho, por las razones expuestas en la presente resolución.