Resolución Administrativa N.° 000552-2023-P-CSJAN-PJ
24 de abril de 2023
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que el Segundo Juzgado de Trabajo actué con celeridad respecto a los expedientes laborales en etapa de trámite pendientes de liquidación del periodo 2001 a 2013, por los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo Primero.- Disponer que el Segundo Juzgado de Trabajo actué con celeridad respecto a los expedientes laborales en etapa de trámite pendientes de liquidación del periodo 2001 a 2013, por los considerandos expuestos en la presente resolución.