Resolución Administrativa N.° 000247-2022-P-CSJAN-PJ
2 de marzo de 2022
Disponer conforme a las facultades delegadas, que, a partir del 03 al 31 de marzo del 2022, se desarrolle en esta Corte Superior de Justicia de Ancash, trabajo presencial diario, el cual se complementará con trabajo remoto de 03 horas conforme al siguiente detalle:
- Presencial diario-Primer Turno.- En el horario de cinco horas diarias a partir de las 08:00 hasta las 13:00 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto, para todas aquellas actividades que, por su naturaleza, no requieran trabajo presencial exclusivo.
- Presencial diario-Segundo Turno.- En el horario de cinco horas diarias a partir de las 13:00 hasta las 18:00 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto para todas aquellas actividades que, por su naturaleza, no requieran trabajo presencial exclusivo.
Para tal efecto los magistrados, administradores de módulo y jefes inmediatos pueden disponer lo conveniente para implementar el trabajo presencial diario en dos turnos y trabajo remoto complementario, en coordinación con la Gerencia de Administración Distrital y la Coordinación de Personal, buscando garantizar el servicio de administración de justicia.
Para esta modalidad de trabajo la Gerencia de Administración Distrital, en coordinación con la Coordinación de Seguridad, deberá supervisar el distanciamiento físico de un metro y medio entre los asistentes, además del uso permanente de la mascarilla KN95, o en su defecto, una mascarilla quirúrgica más una mascarilla comunitaria (tela); debiendo adoptar todas las medidas necesarias para prevenir el contagio del COVID-19.
Los/las Servidores/as de esta Corte Superior de Justicia que realiza labores de resguardo, seguridad y vigilancia, prestarán dichos servicios en el horario establecido por su jefe inmediato; y con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales.
- Remoto diario complementario.- Que se efectivizará conforme se encuentra establecido en la Versión N° 04 del Reglamento “Trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial”, el cual debe ser coordinado con el/la Jefe/a inmediato.
- El personal jurisdiccional y administrativo que no cuenten con el esquema de vacunación completa Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el médico ocupacional de esta Corte, efectuarán trabajo remoto en el horario de ocho horas diarias conforme a lo establecido en la Versión N° 04 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.