Comunicado N° 002-2024-CG/PREVI/BASE

Comunicado
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12 de marzo de 2024 - 4:26 p. m.

Contraloría General comunica a los Gobiernos Regionales y Municipalidades que deben cumplir con la asignación presupuestal para el fortalecimiento de la función de fiscalización de los consejos regionales y concejos municipales para el año 2024, en el marco de la Ley 31812.[1]
 
La Contraloría General de la República del Perú comunica a los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales y Distritales, así como a los Gobernadores Regionales, que deben asegurar el cumplimiento de la asignación de los recursos presupuestales destinados al fortalecimiento de la función de fiscalización de los concejos municipales y consejos regionales, según lo dispone la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI “Balance Semestral de los regidores municipales y consejeros regionales sobre el monto destinado al fortalecimiento de la función de fiscalización” [2]
 
 
I)  Recursos para fortalecer la función de fiscalización de los concejos municipales y consejos regionales:
Asimismo, se recuerda a los titulares de las citadas entidades, así como los funcionarios y servidores públicos responsables de la planificación y gestión presupuestaria en los gobiernos regionales y municipalidades que deben cumplir con lo dispuesto en el literal a), b) y c) de la Disposición Complementaria Final Primera de la Ley 31433, modificada en el artículo 3° de la Ley 31812, que establece los criterios para la asignación de presupuesto destinada a la función de fiscalización mencionada.
 
II) Presupuesto asignado para la función de fiscalización el año 2024:
En ese sentido, los consejos regionales y concejos municipales dispondrán entre el uno por ciento (1%) al dos por ciento (2%) del total del gasto devengado del año precedente al año de formulación del presupuesto, teniendo en cuenta las disposiciones precisadas en el literal a), b) y c) de la Disposición Complementaria Final Primera de la Ley 31433, modificada en el artículo 3° de la Ley 31812. Por ello, para la asignación presupuestaria del año 2024, se considerará como año precedente el año 2022.
 
Finalmente, encontrará mayor información sobre el marco legal y material orientador del Balance Semestral, en los siguientes enlaces:
 
·     Ley 31812


Martes, 12 de marzo de 2024

Subgerencia de Prevención e Integridad
Gerencia de Prevención y Auditoría de Desempeño
Contraloría General de la República

[1] El presente comunicado, es un documento orientador que contiene alcances y precisiones respecto a las disposiciones de la Ley 31812, la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI y normas vinculadas.
[2] Numeral 6.6. “Obligaciones del Titular de la Entidad en el Proceso de Presentación del Balance Semestral” de la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI.

Comunicado N° 002-2024-CG/PREVI/BASE

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